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Nº 36 Febrero 98
TRIBUNA
Reflexiones acerca de la polémica entre la cirugía plástica
y la estética a la vista del ordenamiento jurídico
Javier Clastre Bozzo.
Abogado. Asesor jurídico de la Sociedad Española de Cirugía
Estética.
Abogado de la Federation Europeenne des Societes Nationales de Chirurgie
Esthetique. Paris.
La pugna por la atribución de competencias profesionales médicas
está en el punto de mira de la actualidad: instituciones como la
Organización Médica Colegial (OMC) y las sociedades científicas
analizan si existe una base ética o jurídica para denunciar
el intrusismo entre especialidades.
De hecho, la Comisión Deontológica de la OMC ha elaborado
una "Declaración sobre las fronteras internas del ejercicio
profesional" (ver texto íntegro en nº40, Documentos ADS) en la que
afirma que tener el título de especialista no confiere automáticamente
tener una patente de competencia y capacidad para realizar determinadas
intervenciones. El título tampoco otorga, según la Declaración,
derechos de explotación en exclusiva para ejercer determinadas
intervenciones, y, por lo tanto, para denunciar el intrusismo entre especialistas.
Al hilo de este polémico debate, el autor responde a los interrogantes
jurídicos más frecuentes en torno a la cirugía estética.
La Ley y el Derecho, según Javier Clastre, no estipulan ninguna
prerrogativa o derecho de exclusividad en este campo de la medicina.
En este sentido, las denuncias de intrusismo contra los licenciados en
medicina y cirugía carecerían de base jurídica.
El abogado apunta que la solución está en la voluntad del
legislador de regular las condiciones del ejercicio de la cirugía
estética si existen razones que lo aconsejen.
Por otra parte, subraya que en el mapa europeo sólo está
regulado como especialidad médica en Francia, por una norma de
rango reglamentario de 1988.
REF. 12
SENTENCIAS
[ Civil ] [Penal]
[Contencioso] [Social]
CIVIL
El
"proceso previsible del postoperatorio" también es parte
del deber de informar
La esencia del deber de informar alcanza, "como mínimo",
a las características de la intervención, sus ventajas e
inconvenientes, los riesgos y al "proceso previsible del postoperatorio",
según el Tribunal Supremo.
Su sentencia absuelve al Insalud al considerar probado que el médico
cumplió con el deber de información: "Nada indica que
la paciente hubiera actuado de forma diferente al conocer mediante la
información puntual que el riesgo de no rehabilitación es
del 5 por ciento", recalca.
Analiza una intervención de hernia discal en el espacio L4-L5 que
acabó en paresia irreversible del nervio poplíteo externo
derecho de una paciente (con secuelas de cojera).
Por otro lado, la resolución cierra filas y consolida la tesis
de que la prueba juega en contra del paciente. Indica que es éste
quien debe probar la falta de diligencia y la causa del daño, así
como el incumplimiento del deber de información.
Para que la indemnización pueda tener todos sus efectos, la prueba
debe promoverse "en la idea de que por esa hipotética falta
de información, se produjo el daño de la paciente",
concluye el alto tribunal.
REF. 13
Otra
sentencia utiliza la Ley de Usuarios para condenar por contagio transfusional
La Ley de Consumidores y Usuarios se consolida como instrumento eficaz de
condena a la Administración por servicios sanitarios defectuosos*.
El Supremo ha concedido una indemnización de 12 millones de pesetas
por contagio transfusional de VIH con base en el régimen de responsabilidad
objetiva de esta ley.
La demanda se dirigió contra médico, Insalud y Ministerio
de Sanidad; la sentencia condena a la entidad gestora por incumplimiento
de las normas sobre control y detección de VIH en la sangre (el Real
Decreto 1945/1985, del 9 de octubre, y las órdenes del 4 de diciembre
de 1985, del 18 de febrero y 23 de julio de 1987).
La infracción cometida fue la imposibilidad de identificar los donantes
de la sangre transfundida.
Asimismo, la sentencia no niega el derecho a obtener otras indemnizaciones
a la paciente, que es portadora del VIH y no ha desarrollado la enfermedad
a la fecha de la sentencia.
*(ver, entre otras, sentencias de la Audiencia de Barcelona y del Tribunal
Supremo en ADS nº34, pág. 689, y ADS nº30, pág.
402. También, el artículo de Santiago Pelayo en ADS nº
4, pág. 218 párrafo 4).
REF. 14
PENAL
Condena por delito de intrusismo a un médico que ejercía
de odontólogo
La Audiencia de Teruel ha confirmado la condena de intrusismo impuesta
por un juzgado de lo penal a un médico que ejercía de odontólogo.
La sanción es por usurpación de funciones, delito que se
agravó según el tribunal por la atribución pública
de la cualidad de odontólogo, ya que en el exterior del edificio
donde ejercía la profesión figuraban las palabras "Clínica
Dental".
El artículo 403 del Código Penal sanciona el intrusismo
con una pena de seis a doce meses, y el subtipo agravado por atribución
pública de la cualidad, con una pena de seis meses a dos años.
La sentencia aplica la doctrina más reciente del Tribunal Supremo
y del Constitucional (ver ADS nº 11/95, pág. 708, y ADS nº
18/96, pág 410) sobre que ejercer la odontología sin título
es delito.
La Audiencia se remite a la interpretación que el Supremo ha realizado
de la Ley 10/1986, del 17 de marzo, sobre Odontólogos y otros profesionales
de la salud dental, y del Real Decreto 127/1984, sobre obtención
del título de especialista.
Según estas normas, es requisito obligatorio el título de
la especialidad para ejercer la oOontología.
REF. 15
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
[El Supremo exige que el título argentino
de odontología pase una prueba de validación]
[No se puede conservar la misma categoría
y complementos después de la integración]
El
Supremo exige que el título argentino de odontología pase
una prueba de validación
Los títulos argentinos de odontología tienen que superar
una prueba de conjunto para que puedan ser homologados en España.
El Tribunal Supremo respalda así una exigencia contenida en el
artículo 2 del Real Decreto 86/1987, del 16 de enero, sobre condiciones
de homologación de títulos extranjeros, en las leyes nacionales
y en las directivas comunitarias.
También avala la tesis mantenida en la resolución administrativa
que denegó la homologación automática de un título
argentino en odontología.
El alto tribunal resalta que la Administración no hizo sino aplicar
el Convenio de Cooperación Cultural entre España y la República
Argentina -del 23-III-71-, y el Real Decreto mencionado.
La doctrina de esta sentencia difiere con respecto a la de otras que han
concedido la homologación automática de títulos argentinos.
El alto tribunal especifica que son casos distintos: la convalidación
automática es para títulos argentinos de médico especialista
(ver ADS nº19/96, pág, 511) y no para los de odontología.
(Otras sentencias de interés: ver ADS nº 4/95, pág.
241; ADS nº 10/95, pág.675; y ADS 22/96, pág. 725).
REF. 16
No
se puede conservar la misma categoría y complementos después
de la integración
La transferencia de personal entre organismos públicos impide conservar
la misma categoría e iguales complementos salariales.
El Tribunal Supremo ha denegado la demanda de un médico de la Administración
Institucional de la Sanidad Nacional (AISNA) que pedía la misma
categoría y derechos económicos que tenía antes de
ser traspasado a la Diputación General de Aragón.
El facultativo pasó de ocupar una plaza de jefe de servicio a una
de jefe de área, conversión que derivó del Acuerdo
de la Diputación General de Aragón de Valoración
de Puestos de Trabajo.
En la demanda se pedía la anulación parcial de este acuerdo,
lo que también ha sido denegado.
La fundamentación jurídica explica que "no se ha vulnerado
el principio de igualdad, ya que se ha dado el tratamiento propio de la
estructura del puesto de trabajo evaluado, según la ha ordenado
el ente autonómico en ejercicio de su potestad de autoorganización".
Se confirma la sentencia del Tribunal de Aragón, que aceptó
la tesis de la Diputación de que no se trata de un caso singularizado,
y que el puesto se valoró en iguales términos que otros.
REF. 17
SOCIAL
El
cese del interino por tener la menor puntuación en las listas es
ilegal
El cese del interino por tener la menor puntuación en las listas
de acceso al Insalud es ilegal si no concurre alguna de las tres causas
tasadas, según el Tribunal de Asturias.
La censura jurídica se apoya en que el Estatuto del Personal Sanitario
no Facultativo sólo contempla como causas del cese la cobertura
de la plaza en propiedad, la adscripción provisional de la plaza
o la amortización (artículo 13).
En el caso enjuiciado, un ATS interino recurrió contra el cese,
que el Insalud motivó en la menor puntuación del aspirante
y en la reincorporación de otro ATS que estaba en situación
de incapacidad temporal.
La sustitución de éste debió hacerse con un nombramiento
eventual, no con uno interino, recuerda el magistrado.
La plaza que ocupaba la demandante estaba vacante y su nombramiento fue
de interina: "Ni su plaza de ATS se ha cubierto en propiedad, ni
por adscripción provisional, ni se ha amortizado, y el hecho de
que se reincorpore una ATS que causó baja por enfermedad en fechas
anteriores al nombramiento de la actora no tiene trascendencia jurídica
sobre la interina".
REF. 18
El
alta hospitalaria sin remitir al especialista de zona es denegación
de asistencia sanitaria
El Tribunal de Asturias ha condenado al Insalud a reembolsar 386.348 pesetas
a un paciente por los gastos ocasionados en un centro privado al ser dado
de alta injustificadamente en un hospital público.
La sentencia considera que hubo denegación de asistencia porque
el paciente, tras ser ingresado en el Hospital Virgen de la Arrixaca,
fue dado de alta por no pertenecer al área hospitalaria.
Según la resolución judicial, el hospital tenía que
haber remitido al enfermo a otra zona sanitaria: "No es entendible
cómo una persona que viene siendo atendida con regularidad en el
Servicio de Otorrinolaringología del mencionado hospital, a la
que se ingresa y se le va a intervenir con los oportunos volantes de ingreso,
por una cuestión meramente formal, se le puede dar de alta y retirar
dicho volante.
No constando por lo demás cómo hubiera remitido de oficio
a la actora al centro hospitalario que fuera competente por razón
territorial", indica la sentencia.
La intervención, de otitis media crónica de oído
izquierdo, debió realizarse en el Hospital Virgen del Rosell, según
los criterios de zonificación de la Administración sanitaria.
REF. 19
El
Supremo en pleno: "El plus de jornada no se retribuye como horas
extraordinarias"
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo se ha constituido en pleno "dada
la complejidad y trascendencia del recurso" para decidir si el exceso
de jornada del estatutario puede retribuirse como hora extraordinaria.
Su conclusión es que los estatutarios sólo pueden ser retribuidos
por el Real Decreto 3/1987, sobre retribuciones en la Seguridad Social,
y los acuerdos laborales suscritos en la Mesa Sectorial de Sanidad.
Estas normas estipulan sólo el complemento de atención continuada
como fórmula de retribución del exceso de jornada.
La hora extraordinaria es un concepto salarial previsto en la legislación
laboral que no es aplicable al personal estatutario, excluido expresamente
por el artículo 1.3.a) del Estatuto de los Trabajadores.
En todo caso, la sentencia contempla que el exceso de jornada ordinaria
y de las horas de atención continuada podrían calcularse
conforme al complemento de atención continuada.
El tribunal ha estimado el recurso presentado por la representación
del Insalud contra la sentencia del Tribunal Superior de Castilla-León
en su sede de Valladolid.
REF. 20
El
cese de interino por especialista es legal aunque no figure en el contrato
El Juzgado de lo Social nº 3 de Badajoz ha aceptado el cese de un
interino para sustituirlo por otro especialista, a pesar de que no figuraba
en el contrato, lo que difiere de la doctrina más reciente del
Tribunal Supremo.
El alto tribunal ha calificado de legales este tipo de ceses, pero lo
condiciona a que conste en el contrato la existencia de especialista como
causa del cese*.
Ahora, el magistrado Luis Hernández, en una completa y polémica
sentencia, argumenta que "si bien es verdad que el contrato no preveía
expresamente cláusula alguna al respecto, cabe reiterar que se
trata de una causa de cese consustancial al propio contrato".
Los interinos especialistas "son los únicos capacitados legalmente
para ocupar plazas de especialista", afirma con rotundidad.
Y el magistrado glosa su argumentación afirmando que "(...)
el ejercicio de una profesión sin título académico
es un delito de intrusismo.
(...) No se trata de una simple sucesión de interinos (...).
Se trata de quitar a un interino sin título para adscribir a otro
con título, a quien la propia ley reserva el ejercicio de esa profesión",
subraya.
REF. 21
Condena
al Insalud a pagar las horas de los sábados como atención
continuada
Las horas de los sábados trabajadas entre las 9 y las 17 horas
se retribuyen como atención continuada, según una sentencia
del Tribunal Supremo que acepta la fundamentación jurídica
del Tribunal de Castilla y León y del juzgado de lo social.
La resolución, que se refiere a médicos de primaria de un
centro de salud de León, interpreta que la jornada ordinaria queda
cubierta de lunes a viernes de 8 a 15 horas, y algunas tardes para completar
las 40 horas semanales.
En la demanda se pedía que cuando se trabajase los sábados
por turno, se cobrasen la horas como atención continuada, lo que
acepta el tribunal, en aplicación del punto IV del Acuerdo del
3 de julio de 1992.
En este pacto se estableció que la jornada ordinaria anual para
turno fijo diurno es de 1.645 horas.
Por otra parte, la instrucción que alegó el Insalud para
no retribuir el sábado como atención continuada, carece
de rango legal suficiente, "amén de no constar que cuente
con el asentimiento de los que firmaron el Acuerdo (...)".
(Otras sentencias de interés: ver ADS nº 3, pág. 187;
ADS nº 10, pág. 663; ADS nº 15, pág. 216).
REF. 22
Nuevo
respaldo a la instrucción que fijó el criterio de cese del
interino más antiguo
La Circular del Insalud sobre Selección y Cese de Personal Temporal
del 14-II-95 ha recibido de nuevo el respaldo del Tribunal Supremo (ver
otra sentencia en el mismo sentido en ADS nº 35/1998, pág.
35).
En la circular se estipuló como criterio de cese de interinos la
antigüedad, lo que ha sido recurrido por un médico de un centro
de primaria de Benavides, en León.
El recurso del médico se basó en una sentencia firme del
TSJ de Madrid (del 28-III-96) que declaró un despido improcedente
porque se practicó según el criterio de cese del interino
más antiguo.
Sin embargo, el Supremo rechaza esta tesis y avala el cese en el supuesto
de que el titular vuelva a ocupar la plaza o se cubra reglamentariamente.
Al tiempo, razona que se mantiene la doctrina a favor de que permanezca
en la plaza el mismo interino mientras no se cubra de forma reglamentaria.
El supuesto enjuiciado ahora difiere radicalmente de los que analiza la
doctrina más consolidada, que tacha de ilegales los ceses de interinos
con el objetivo de sustituirlos por otros sin que la plaza se cubra reglamentariamente.
REF. 23
LIBROS, RESEÑAS, RESUMENES
DE PRENSA
[Cursos, convocatorias] [Resumenes
de prensa]
Cursos, convocatorias.
`La Reforma Legal de la Responsabilidad Médica´
El pasado día 1 de abril se celebró en el Hotel Plaza de Madrid
el seminario titulado "La Reforma Legal de la Responsabilidad Médica:
Nuevos Enfoques Jurídicos ante las Demandas por Daños Sanitarios",
organizadas por Instituto de Fomentos Sanitario, con la colaboración
de Actualidad del Derecho Sanitario y el patrocinio de Gil y Carvajal
Seguros y Reaseguros.
En las jornadas, coordinadas por el abogado Santiago Pelayo, se sometieron
a estudio los tres proyectos legales que reformara el régimen de
responsabilidad patrimonial, y el de la responsabilidad del médico
en los casos en los que se le repercuta la indemnización. Se analizó
el Proyecto de Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el Proyecto
de Ley de Modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
La responsabilidad profesional del médico de la sanidad pública
fue objeto de una profunda reforma en el Parlamento con la tramitación
de estos proyectos legales, que se han aprobado y publicado en el Boletín
Oficial del Estado. Presentan novedades muy significativas en aspectos
como la canalización de demandas, la obligación de repetición
contra los responsables del daño en determinados supuestos, el
aseguramiento, y el límite a la cobertura de los riesgos sanitarios.
En el seminario estuvieron como ponentes José Manuel Martínez
Pereda, magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo; José
María Alvarez Cienfuegos, magistrado jefe del Gabinete Técnico
del Tribunal Supremo; Juan José González Rivas, magistrado
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo; Julio
Padilla, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de
los Diputados; Diego Martínez, jefe del Gabinete Técnico
de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad; Diego de la Torre,
director de RC Sanitaria en Gil y Carvajal, Seguros y Reaseguros; Antonio
Pedreira Andrade, magistrado del TSJ de Madrid, y el abogado Santiago
Pelayo. Las conferencias están dirigidas a abogados, médicos,
directivos de centros sanitarios públicos, y personal de la Administración
central y de los Servicios de Salud autonómicos.
Información e inscripciones: Instituto de Fomento Sanitario. Tf.
91 351 43 28
Fax 91 351 27 65. C/ Portugal, 3 - L, 1 - Pozuelo de Alarcón -
28224 - Madrid.
`XII Congreso Mundial de Derecho Médico´
El XII Congreso Mundial de Derecho Médico tendrá lugar la
semana del 2 al 6 de agosto, en Siófok, Hungría. En la jornadas
se abordarán temas relacionados con política sanitaria y
legislación, Derecho de los pacientes, responsabilidad, formación
médica y legal, legislación y ética en enfermería,
ley y ética en psiquiatría, odontología, farmacia
y medicina forense, comienzo y final de la vida, investigación
médica y otras tecnologías.
Más información y reservas: MOTESZ Congress Bureau H-1051.
Budapest, Nádor u.36 Hungary Phone: (361) 3116687; Fax: (361) 1837918.
`XIV Jornadas para el Desarrollo y Humanización de la Enfermería´
El Centro San Juan de Dios de Ciempozuelos celebrará los próximos
días 5 y 6 de marzo las XIV Jornadas para el Desarrollo y Humanización
de la Enfermería, que este año están dedicadas a
los "Dilemas bioéticos y Legales en la práctica Clínica
de Enfermería".
Inscripciones e información: Avda. San Juan de Dios, 1.28350.
Ciempozuelos Madrid. Teléfono: 91.893.00.01 Extensión 124.s
Resúmenes de prensa.
Recomendación europea sobre idoneidad de donantes de sangre
La Comisión Europea ha propuesto una recomendación que establece
los requisitos sobre la idoneidad de los donantes de sangre y plasma y
la evaluación de sus donaciones. El objetivo es lograr un sistema
de autoabastecimiento dentro de las fronteras de la Unión mediante
donaciones voluntarias no remuneradas.
La recomendación solicita a los Estados miembros que informen a
los posibles donantes y que se garantice su confidencialidad . Por otra
parte, se deberá exigir al donante información básica,
como su identificación, su historial medico o su consentimiento
informado y escrito sobre la donación. Los estados miembros deberán,
ademas, identificar todos los centros de donación y mantener un
registro de donantes.
(Unión Europea, Enero 98).
Atender en la consulta a pacientes de un banco es una relación
no laboral
Atender en la consulta particular entre otros pacientes, a pacientes procedentes
de una entidad bancaria, por parte de un medico cirujano numerario del
Insalud, ha sido calificado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
como una relación de arrendamiento de servicios.
La entidad bancaria, Banesto, que anteriormente había contado con
los servicios del medico decidió prescindir de ellos. Dichos servicios
los realizaba para la entidad en su condición de colaboradora del
INSS en beneficio de sus propios empleados.
El medico recurrió contra el despido en la vía de lo social,
pero el Tribunal de Madrid ha calificado dicha relación como no
laboral al faltar las notas de dependencia, ajeneidad y carácter
personal, por lo que estaríamos ante un arrendamiento de servicios
y las reclamaciones habrían de presentarse en la vía de
lo civil. (Sentencia del 30 de junio de 1997 del la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
El plazo de prescripción de retribuciones de estatutarios es
de 5 años
El plazo de prescripción para reclamación por retribuciones
del personal estatutario de la Seguridad Social es el de 5 años
establecido en el artículo 46.1 de la Ley General Presupuestaria,
y no el de 1 año del artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Así lo ha declarado el Tribunal Supremo resolviendo un recurso
de casación para unificación de doctrina y confirmando la
doctrina recientemente sentada en otras sentencias (26-12-95 y 20-2-96).
(Sentencia del 4 de junio de 1997 de la Sala de lo Social del Tribunal
Supremo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
La asistencia domiciliaria no efectiva no es remunerable como hora
extra
Las horas de asistencia domiciliaria no efectivas bajo el sistema de "localización"
no son remunerables como horas extraordinarias si no se demuestra que
en dichas horas se ha realizado efectivamente ese trabajo mediante desplazamiento,
y que, además, sumadas a las horas de presencia en ambulatorio,
se supera la jornada ordinaria.
El Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación para unificación
de doctrina , que anula la sentencia de instancia que reconoció
como horas extraordinarias a un ATS las resultantes de la suma del horario
que prestaba como asistencia domiciliaria (9 a 17 horas), y el horario
que prestaba como de presencia en el ambulatorio (17 a 19 horas).
La ATS solo logró acreditar dos horas diarias de servicio efectivo
y real en el ambulatorio, y no las de "localización",
por lo que se anula la sentencia de instancia. (Sentencia de 21 de junio
de 1997 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
La hora extra no es aplicable a los estatutarios
La hora extraordinaria no es un concepto retributivo existente para el
personal estatutario de la Seguridad Social. Así lo ha interpretado
el Tribunal Superior de Justicia de Asturias el cual ha denegado a una
ATS de la Seguridad Social, el pago como horas extraordinarias que reclamaba,
por el exceso de tiempo trabajado sobre la jornada anual de 1995.
El tribunal ha matizado que la hora extraordinaria no viene recogida en
el Real Decreto Ley 3/87 de 9 de septiembre, ni establece delegación
legislativa alguna para crear este complemento retributivo. El Tribunal
de Asturias concede a la ATS no obstante como compensación por
el exceso de jornada laboral un abono de horas a prorrata sobre la jornada
normal. ( Sentencia 27 de junio de 1997 del Tribunal Superior de Asturias,
Sala de lo Social).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
La cartilla no asignada es reintegrable sin integración previa
Las cartillas no asignadas son reintegrables aunque no haya previa integración
formal en los equipos de Atención Primaria. El Tribunal Supremo
ha desestimado un recurso de casación para unificación de
doctrina interpuesto por el Insalud, en el que ha concedido el derecho
de una ATS de asistencia pública domiciliaria a percibir atrasos
producidos por no habérsele asignado el cupo de cartillas y beneficiarios
que le correspondían.
El Supremo ha recordado la doctrina sentada en sentencia de 31 de marzo
de 1997, en la que establece que el personal con retribuciones por cupo,
asegurado y mes, que prestan sus servicios en primaria sin previa integración
formal en sus equipos, le es aplicable las clausulas del Acuerdo de 3
de julio de 1992, que fijó el mínimo de cartillas en 2.500
para este personal. (Sentencia del 29 de mayo de 1997 de la Sala de lo
Social del Tribunal Supremo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
La no contratación por razón de sexo es impugnable por
lo contencioso
No contratar por razones de sexo en el seno de la Administración
es impugnable ante la vía de lo contencioso-administrativo, y no
ante la laboral, según una sentencia referente a una auxiliar de
enfermería del Servicio Andaluz de Salud.
El Tribunal de Andalucía ha declarado que para toda cuestión
surgida con anterioridad al establecimiento de una relación estatutaria
ha de ser competente la vía contenciosa, no así para las
cuestiones surgidas en el desarrollo de dicha relación en la que
si que será competente el Orden Jurisdiccional Social. (Sentencia
del 20 de mayo de 1997 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
El calzado es ortoprótesis no reembolsable
El calzado es prótesis ortoprotésica no reembolsable, según
el Tribunal Supremo, que deniega un recurso de casación para unificación
de doctrina para el reintegro por la adquisición de calzado para
superar las limitaciones funcionales del demandante.
Sólo son reembolsables los supuestos del artículo 108 de
la Ley General de la Seguridad Social, y el calzado no es ninguno de ellos
al no ser prótesis quirúrgica fija ni prótesis ortopédica.
La función del calzado ortoprotésico no es suplir la carencia
de un órgano sino la corrección de sus deformidades, lo
que ha llevado al Supremo ha denegar el reintegro. (Sentencia de 26 de
mayo de 1997 de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
Los APD tomarán muestras si no hay analista en la zona
Los practicantes titulares de asistencia pública domiciliaria están
obligados a realizar muestras de sangre cuando no exista analista en la
zona, y dicha extracción por su relativa sencillez, no precise
pericia facultativa. Así lo dispone el artículo 62.5 del
Estatuto del Personal Sanitario No Facultativo, por lo que el Tribunal
Supremo lo respalda en un recurso de casación para unificación
de doctrina promovido por un grupo de ATS, titulares de asistencia pública
domiciliaria, que prestan servicios en el Servicio Gallego de Salud.
Dicho personal pedía que se declarara que las funciones de Extracción
Periférica Programada no eran obligatorias. El recurso ha sido
desestimado por entender que sí existe tal obligación cuando
no hay analista en la zona. Además, ha matizado que dichas funciones
de extracción se deben de realizar tanto en las visitas domiciliarias
como en el propio centro de salud. (Sentencia de 16 de mayo de 1997 de
la Sala de lo Social del Tribunal Supremo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).
Nace en Valencia una comisión para humanizar la asistencia sanitaria
El Consejero de Sanidad de la Comunidad Valenciana, Joaquín Farnós,
ha anunciado la creación de una Comisión Específica
para el Asesoramiento y Personalización de la Asistencia Sanitaria,
cuyo objetivo será mejorar las relaciones entre los pacientes y
los profesionales de las instituciones sanitarias.
Según Farnós, esta iniciativa, pionera en España,
responde a la "necesidad de que los pacientes no sean tratados como
meros números sino como personas individuales que en consecuencia,
requieren un trato personalizado y diferencial".
La Comisión estará integrada por el propio Consejero, los
directores generales de Asistencia Especializada, Asistencia Primaria
y Recursos Humanos y un total de 10 vocales entre los que habrá
directores de hospital y enfermería, un coordinador de urgencias,
un trabajador social, un celador, un auxiliar administrativo, un diplomado
en enfermería de Asistencia al Usuario, un director de área
de Atención Primaria y un coordinador de voluntarios.
(Enfermería Actualidad Enero de 1998)
Once sentencias absolutorias y una condenatoria para los ATS
El letrado responsable del Departamento de Responsabilidad Civil del Consejo
General de Enfermería, Miguel Fernández de Sevilla, ha manifestado
su satisfacción por los resultados obtenidos a lo largo del pasado
año. El número de siniestros de responsabilidad civil en
conocimiento del Consejo General ha sido 399, de los cuales 227 están
abiertos (79 fueron aperturados en 1997) y 172 cerrados (121 por archivo
de actuaciones y 51 mediante sentencia firme). En el período que
va desde 1995 hasta 1997, se han producido 44 sentencias absolutorias
(33 anteriores a 1997 y 11 dictadas en 1997) y 1 sentencia condenatoria.
Los hechos sobre los que versan principalmente la mayoría de las
reclamaciones, son:
* Lesiones graves causadas a recién nacidos como consecuencia
de sufrimiento fetal, en cuyos casos se solicitan las cuantías
más elevadas por parte de los denunciantes, llegándose en
la mayoría de ellos a solicitar cantidades de 80, 100 y hasta 250
millones, como fue el caso de una matrona, defendida por Miguel Fernández
de Sevilla, letrado del Consejo General.
* Lesiones graves como consecuencia de supuestos daños producidos
en los nervios mediano y ciático, ocasionadas en la realización
de una extracción de sangre o inyecciones)
* Lesiones y fallecimientos como consecuencia del abandono de cuerpos
extraños en el interior de los pacientes, tras la realización
de una intervención quirúrgica.
* Lesiones y fallecimiento de pacientes como consecuencia de una falta
de atención por parte del personal de enfermería.
En estos casos, como no se trata de una negligencia imputable a una persona
determinada, se denuncia en la mayoría de los casos a todo el personal
de enfermería que atendió al paciente en la planta, UVI,
UCI, etc., tal y como sucedió en el llamado caso de Mocejón
de Toledo, donde denunciaron a seis enfermeras, tres auxiliares y tres
médicos.
(Enfermería Actualidad Enero de 1998).
La Unión Europea prohíbe la importación de aves
de Hong Kong y China
El Comité Veterinario Permanente de la Unión Europea decidió
ayer prohibir la importación de pájaros vivos procedentes
de Hong Kong y China para evitar el contagio de la denominada "gripe
de pollo", que ya ha afectado a dieciséis personas y ha causado
la muerte de cuatro de ellas. Fuentes comunitarias destacaron que se trata
tan sólo de "una medida de precaución", ya que
las exportaciones de esos países al mercado comunitario "deben
ser insignificantes o inexistentes". Por otra parte, Suiza ha prohibido
la importación de plumas de aves procedentes de China, utilizadas
en la confección de edredones, almohadas y prendas deportivas,
ante el temor de que el virus H5N1 se encuentre en el plumaje manchado
de excrementos de estos animales.
(ABC 8/1/98).
Un jefe de Sanidad irá a la cárcel por quedarse con el
dinero del carbón
La Audiencia de León decretó ayer el ingreso en prisión
del jefe de la Unidad Administrativa del Ministerio de Sanidad en esta
provincia por apoderarse del dinero del carbón de la calefacción
de un hospital y por atentar contra la libertad sexual de una trabajadora.
A.C.C. ha sido condenado a seis años de prisión y doce años
de inhabilitación por sendos delitos de malversación de
caudales públicos y contra la libertad sexual cuando en 1998 ocupaba
la gerencia del Hospital Monte San Isidro de León.
(ABC 8/1/98)
Castilla y León: prohiben cazar liebres por riesgo de tularemia
Los hospitales de Castilla y León investigan varios casos de personas
con síntomas de la tularemia, una rara enfermedad, no grave, que
transmite la liebre, cuya raza se ha prohibido en esta Comunidad, tras
la detección de un ejemplar posiblemente afectado.
Centros hospitalarios de León, Palencia y Valladolid confirmaron
haber atendido a personas con síntomas sospechosos, como fiebre,
vómitos, ampollas en la piel y ganglios en el cuello. En el Clínico
de Valladolid, hay un ingresado posiblemente afectado y, en el Hospital
Reina Sofía, de León, otros dos.
(ABC 9/1/98).
Japón identificará a cada persona con un número
desde el nacimiento
El Ministro del Interior de Japón ha presentado esta semana ante
el Parlamento una proposición para aprobar un sistema de identificación
ciudadana por el cual se atribuiría a cada ciudadano, al nacer,
un número de 10 dígitos, a partir del año 2000.
Este plan se ha presentado en varias ocasiones a los legisladores, entre
los que existen numerosos críticos que consideran que la idea vulnera
la privacidad individual. La proposición de ley implica la reforma
de la actual legislación de residencia, al atribuir a cada ciudadano
un número de 10 dígitos, que corresponderá al nombre,
dirección, sexo y fecha de nacimiento del interesado.
(El País, 11/1/98).
El PE crea un grupo de trabajo de ética en la investigación
El Parlamento Europeo ha creado un grupo de trabajo para la ética
en la investigación científica, con el que intenta implicarse
más en este campo. El nuevo grupo está presidido por la
eurodiputada alemana Godelieve Quisthoudt-Rowohl, del Partido Popular
Europeo. Quisthoudt-Rowohl es especialista en Biofisiología Química
por el Instituto Max Planck.
El grupo de trabajo dependerá directamente de la Comisión
de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Energía
del Parlamento Europeo, que en la actualidad preside Umberto Sacapagnini,
del Grupo Unión por Europa.
(Diario Médico 29/1/98)
Muerte por un fármaco erróneo
La Audiencia de Barcelona ha condenado a seis meses de prisión
a un médico del Hospital del Espíritu Santo, de Santa Coloma
de Gramanet, por haber suministrado a un enfermo, el 26 de agosto de 1995,
un fármaco al que era alérgico y que le provocó la
muerte.
(ABC 6/2/98)
El Congreso desvía al Senado el debate sobre la eutanasia
El debate abierto por el tetrapléjico gallego de 55 años,
Ramón Rodríguez Sampedro, que se suicidó después
de solicitar la eutanasia y serle denagada, llegó ayer al Congreso.
Dos proposiciones de ley de IU y el Grupo Mixto (Nueva Izquierda e Iniciativa
per Cataluña) sobre despenalización de la eutanasia y sobre
disponibilidad de la propia vida fueron rechazadas por abrumadora mayoría.
Los grupos parlamentarios remitireon el problema la comisión especial
sobre la eutanasia propuesta en el Senado por el PSOE el pasado día
13, y que apoyan los nacionalistas.
(El País, 18/2/98).
BOLETINES [BOES]
[Andalucia] [Canarias]
[Castilla
y León]
[Galicia] [Cataluña]
[Madrid] [Navarra]
[País Vasco] [Valencia]
Boletín Oficial del
Estado
Estatuto del Consumidor en Aragón
La Comunidad Autonómica de Aragón ha aprobado la Ley 8/1997,
de 30 de octubre, del Estatuto del Consumidor y Usuario.
(Boletín Oficial del Estado del 19 de noviembre de 1997).
111 plazas para técnicos del Insalud
El Ministerio de Sanidad ha convocado 111 plazas para el grupo técnico
de la función administrativa en las instituciones sanitarias de
la Seguridad Social dependientes del Insalud.
(Boletín Oficial del Estado del 24 de diciembre de 1997).
90 plazas para el grupo de gestión del Insalud
El Ministerio de Sanidad ha convocado 90 plazas para el grupo de gestión
de la función administrativa en las instituciones sanitarias de
la Seguridad Social dependientes del Insalud.
(Boletín Oficial del Estado del 24 de diciembre de 1997).
Convenios sobre farmacovigilancia y actividades formativas
El Ministerio de Sanidad y las autonomías de Cantabria, Castilla
y León, Extremadura y Madrid han suscrito convenios de colaboración
en materia de farmacovigilancia. Por su parte, el Instituto de Salud Carlos
III y las autonomías de Extremadura y Valencia han suscrito convenios
de colaboración para la realización de actividades formativas.
(Boletín Oficial del Estado del 16 de enero de 1997).
Regulación de edulcorantes autorizados
El Ministerio de Sanidad ha aprobado el Real Decreto 2027/1997, de 26
de diciembre, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos edulcorantes
autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios,
así como sus condiciones de utilización.
(Boletín Oficial del Estado del 17 de enero de 1997).
Rectificación de convocatoria para técnicos de radiodiagnóstico
El Ministerio de Sanidad ha rectificado la convocatoria de concurso-oposición
para plazas de técnico especialista en radiodiagnóstico
que se publicó por resolución de la Secretaría General
del Insalud de 24 de enero de 1996 (Boletín Oficial del Estado
de 22 de febrero). La rectificación afecta a la acreditación
para operar en equipos de rayos X con fines diagnósticos expedida
por el Consejo de Seguridad Nuclear. Dicho requisito no es necesario para
poder concursar, por lo que se considerará incluido, a partir de
ahora en la base octava de la convocatoria.
(Boletín Oficial del Estado del 20 de enero de 1997).
Regulación de aditivos alimentarios
El Ministerio de Sanidad ha publicado el Real Decreto 1917/1997, de 19
de diciembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza
de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes utilizados
en productos alimenticios.
REAL DECRETO 1917/97, de 19 de diciembre.
(Boletín Oficial del Estado del 20 de enero de 1997).
25 plazas para el Cuerpo de Médicos Forenses
El Ministerio de Justicia ha convocado pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. El numero de plazas
vacantes ofertadas es de veinticinco.
(Boletín Oficial del Estado del 20 de enero de 1997).
Desarrollo del Fondo de Investigación Sanitaria del Carlos III
Para un mejor desarrollo de las funciones del Fondo de Investigación
Sanitaria, adscrito al Instituto de Salud Carlos III, el Ministerio de
Sanidad ha dispuesto la constitución en el seno de dicho fondo
del consejo científico que velará por el mantenimiento de
altos niveles de calidad científica en actividades , así
como las comisiones técnicas de evaluación.
(Boletín Oficial del Estado del 21 de enero de 1997).
Ley de Presupuestos de Castilla-La Mancha
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha aprobado la Ley
de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para 1998.
(Boletín Oficial del Estado del 23 de enero de 1997).
Oficina de Prestaciones del Síndrome Tóxico
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha establecido las competencias
y funcionamiento de la Oficina de Gestión de Prestaciones Económicas
y Sociales del Síndrome Tóxico.
(Boletín Oficial del Estado del 23 de enero de 1997).
Construcción de hospital en Ciudad Real
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha aprobado la Ley
9/1997, de 20 de noviembre, de cesión de una finca para la construcción
de un hospital en Ciudad Real.
(Boletín Oficial del Estado del 23 de enero de 1997).
Seguimiento de afectados por el síndrome tóxico
El Ministerio de la Presidencia ha creado y regulado la comisión
interministerial de seguimiento de las medidas en favor de las personas
afectadas por el síndrome tóxico.
(Boletín Oficial del Estado del 27 de enero de 1997).
Normas de cotización
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha desarrollado las normas
de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía
Salarial y Formación Profesional contenidas en la Ley 65/1997,
de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998.
(Boletín Oficial del Estado del 28 de enero de 1997).
Agencia de Protección de Datos
La Agencia de Protección de Datos ha dictado una instrucción
relativa al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación
y cancelación.
INSTRUCCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 29 de enero
de 1997).
Convenio colectivo de Alianz Ras
La Dirección General de Trabajo ha dispuesto la inscripción
en el registro y posterior publicación del convenio colectivo de
la empresa "Alianz Ras, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima".
(Boletín Oficial del Estado del 29 de enero de 1997).
Convenio de farmacovigilancia con Andalucía
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha dispuesto la publicidad del convenio
de colaboración la Consejería de Salud de Andalucía
en materia de farmacovigilancia.
(Boletín Oficial del Estado del 30 de enero de 1997).
Especialidades farmacéuticas autorizadas
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha acordado la publicación de
las especialidades farmacéuticas autorizadas en el cuarto trimestre
de 1997.
(Boletín Oficial del Estado del 3 de febrero de 1997).
Ley de Presupuestos de Cataluña
La Generalidad de Cataluña ha hecho pública la Ley de Presupuestos
para 1998.
(Boletín Oficial del Estado del 4 de febrero de 1997).
ATS visitadores admitidos
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha aprobado la relación provisional
de aspirantes admitidos y excluidos, y ha anunciado la fecha, hora y lugar
de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas para
ingreso en la escala de ATS visitadores del cuerpo sanitario del Insalud.
(Boletín Oficial del Estado del 5 de febrero de 1997).
Andalucía
Traslado para auxiliares de enfermería
La Consejería de Salud ha convocado concurso de traslado para plazas
básicas vacantes de auxiliar de enfermería de los distritos
sanitarios de atención primaria y áreas hospitalarias.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
del 27 de enero de 1998).
Ficheros de la Empresa de Emergencias Sanitarias
La Consejería de Salud ha creado ficheros automatizados de datos
de carácter personal de la Empresa Pública de Emergencias
Sanitarias.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 27
de enero de 1998).
Canarias
Suplencia de directivo
La Consejería de Sanidad y Consumo ha determinado la suplencia
del director del área de salud de la Palma por la gerente de servicios
sanitarios de dicha área de salud.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Canarias del 2 de enero
de 1998).
Curso de diplomados en sanidad
La Consejería de Sanidad y Consumo ha convocado un curso de diplomados
en sanidad de 200 horas lectivas para 50 plazas.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Canarias del 12 de enero
de 1998).
Prórroga de los turnos de guardia y horarios de farmacia
La Consejería de Sanidad y Consumo ha prorrogado la vigencia de
los horarios y turnos de guardia establecidos en la actualidad hasta el
30 de junio de 1998. Asimismo, se ha delegado en los Colegios Oficiales
de Farmacéuticos la competencia para realizar modificaciones puntuales
de turnos de guardia por razones extraordinarias como vacaciones, enfermedad
o incorporación a dichos turnos de nuevas farmacias.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Canarias del 12 de enero
de 1998).
Castilla y León
Zonas farmacéuticas
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha publicado la relación
de zonas farmacéuticas de la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN. (Boletín Oficial de Castilla y León del 3 de diciembre
de 1997).
Acreditaciones a hospitales
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha concedido acreditación
y autorización al Hospital Virgen Blanca de León para implante
de tejido osteotendinoso y tejido vascular. Al Hospital del Río
Ortega de Valladolid, para la acreditación y autorización
para realizar extracciones de órganos de fallecidos. El Hospital
de Bierzo de Ponferrada (León) ha recibido autorización
para la extracción de globos oculares de fallecidos.
ORDEN. (Boletín Oficial de Castilla y León del 9 de diciembre
de 1997).
Subvenciones para congresos
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha convocado subvenciones
para entidades sin ánimo lucro para la realización de congresos,
simposios, jornadas, reuniones científicas o proyectos de investigación
en materia de salud a celebrar en la Comunidad Autónoma durante
1998.
ORDEN. (Boletín Oficial de Castilla y León del 13 de enero
de 1998).
Reglamento de Servicios Sociales
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha aprobado el Decreto
2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de
la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
DECRETO 2/1998, de 8 de enero. (Boletín Oficial de Castilla y León
del 27 de enero de 1998).
Plan de atención sociosanitaria
La Consejería de Sanidad ha aprobado el Plan de Atención
Sociosanitaria de Castilla y León.
DECRETO 16/1998, de 29 de enero. (Boletín Oficial de Castilla y
León del 3 de febrero de 1998).
Curso de diplomados en sanidad
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha convocado un curso
de diplomados en sanidad a desarrollar por la Dirección General
de Salud Pública y Asistencia durante el año 1998.
ORDEN. (Boletín Oficial de Castilla y León del 6 de febrero
de 1998).
Cataluña
Convenio para las asociaciones de atención al deficiente
Se ha publicado el convenio colectivo de trabajo de asociaciones para
centros de asistencia, formación, rehabilitación, protección
y atención a deficientes mentales y minusválidos físicos
y sensoriales de la provincia de Barcelona para los años 1995 y
1996.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
del 20 de enero de 1998).
Nombramiento de directivo
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social ha nombrado a Eduardo Mata
Albert director de programa de reordenación de la salud pública
en Cataluña.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
del 22 de enero de 1998).
Convenio en el Hª Clínico de Barcelona
Se ha publicado el acuerdo de la comisión paritaria del convenio
colectivo de trabajo de la asociación profesional del comité
de delegados médicos del Hospital Clínico y Provincial de
Barcelona.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
del 22 de enero de 1998).
Comisión de obtención y trasplante de tejido vascular
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social ha creado una comisión
asesora de obtención de trasplante de tejido vascular.
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 27 de
enero de 1998).
Premio de investigación en primaria
El Servicio Catalán de Salud ha convocado la tercera edición
del Premio de Investigación en Atención Primaria de la Región
Sanitaria Centro.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
del 27 de enero de 1998).
Galicia
Bolsas de investigación 1997
El Servicio Gallego de Salud ha anunciado la adjudicación de bolsas
de investigación para 1997.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de Galicia del 22 de enero de 1998).
Puntuaciones de personal laboral
El Servicio Gallego de Salud ha dado publicidad a las puntuaciones obtenidas
para ingreso en determinadas categorías de personal laboral del
Complejo Hospitalario Santa María Madre de Dios-Dr. Cabaleiro Goás,
de Orense. Los listados se expondrán en los tablones de anuncios
de los servicios centrales de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, en los de la división de recursos humanos del Servicio
Gallego de Salud, en las delegaciones provinciales de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, en los de las direcciones provinciales
del Servicio Gallego de Salud y en el servicio de personal del propio
complejo hospitalario.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de Galicia del 3 de febrero de 1998).
Delegado provincial
Armando González López ha sido nombrado en el cargo de delegado
provincial de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de Galicia del 22 de enero de 1998).
Madrid
Subvenciones para atención al discapacitado
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha regulado la concesión
anual de subvenciones a instituciones sin fin de lucro, para mantenimiento
de servicios de atención a personas discapacitadas.
ORDEN 2302/1997, de 26 de noviembre.(Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 3 de diciembre de 1997).
Prestaciones para el servicio de salud
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha hecho pública
la concesión de prestaciones asistenciales correspondientes al
año 1997 al personal del Servicio Regional de Salud. Dicha relación,
con los adjudicatarios, cuantías y conceptos, será expuesta
en todos los centros del Servicio Regional de Salud.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del
16 de diciembre de 1997).
Subvenciones para congresos y seminarios
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha concedido subvenciones
a entidades científicas sin fin de lucro para apoyar la organización
de congresos, seminarios o jornadas de carácter sociosanitario.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 17 de diciembre
de 1997).
Ayudas de estudios
La Consejería de Sanidad ha adjudicado provisionalmente ayudas
de estudios para el curso 96/97, para empleados de los servicios centrales
de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del
17 de diciembre de 1997).
Autorización de centros de reproducción humana asistida
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha dictado una orden
por la que establece la autorización-homologación de los
centros y servicios sanitarios relacionados con las técnicas de
reproducción humana asistida en la Comunidad de Madrid.
ORDEN 2541/1997, de 22 de diciembre. (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 19 de enero de 1998).
Coordinación de acciones frente al sida
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha regulado mediante
decreto la Oficina Regional de Coordinación de acciones frente
al SIDA en la Comunidad de Madrid.
DECRETO. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 20 de enero
de 1998).
Estructura del Servicio Regional de Salud
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha aprobado el Decreto
4/1998, de 8 de enero, que establece la estructura orgánica del
organismo autónomo del Servicio Regional de Salud.
DECRETO 4/1998, de 8 de enero. (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 20 de enero de 1998).
Estructura orgánica de la Consejería
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha aprobado el Decreto
5/1998, de 8 de enero, por el que se modifica parcialmente el Decreto
262/1995, de 19 de octubre, de estructura orgánica de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales
DECRETO 5/1998, de 8 de enero. (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 20 de enero de 1998).
Centro de Medicina Deportiva
La Consejería de Educación y Cultura ha creado el Centro
de Medicina Deportiva como órgano de gestión sin personalidad
jurídica propia.
DECRETO 5/1998, de 8 de enero. (Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid del 20 de enero de 1998).
Subvenciones de formación para discapacitados
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha aprobado la convocatoria
de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo
de acciones formativas dirigidas a personas con discapacidad.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 21 de enero
de 1998.).
Navarra
Traslado en el Servicio de Salud
El Servicio Navarro de Salud ha aprobado la lista provisional de admitidos
a la convocatoria para el traslado por concurso de méritos, de
116 vacantes de ATS-DUE, 46 de auxiliar administrativo, 70 de auxiliar
de enfermería, 20 vacantes de celador, 4 vacantes de fisioterapeuta,
56 vacantes de médico de primaria, 7 vacantes de pediatra de primaria
y 5 vacantes de técnico especialista en laboratorio.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Navarra del 19 de enero
de 1998).
Calendario oficial de vacunaciones
La Consejería de Salud ha modificado el calendario oficial de vacunaciones
mediante orden foral.
ORDEN FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 23 de enero de 1998).
Regulación de registro de publicidad sanitaria
La Consejería de Salud ha regulado mediante orden foral la inclusión
del número de registro de autorización de publicidad sanitaria
en los mensajes difundidos.
ORDEN FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 23 de enero de 1998).
Vigilancia Epidemiológica en Navarra
La Consejería de Salud ha establecido y regulado mediante el Decreto
Foral 383/1997, de 22 de diciembre, el sistema de vigilancia epidemiológica
de Navarra.
ORDEN FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 23 de enero de 1998).
País Vasco
903 plazas en la oferta de empleo para 1997
El Departamento de Sanidad ha aprobado la oferta pública de empleo
de la entidad para 1997. El número de plazas ofertadas es novecientas
tres.
ACUERDO. (Boletín Oficial del País Vasco del 1 de diciembre
de 1997).
Asignaciones de jefatura de sección
El Departamento de Sanidad ha asignado definitivamente diversas jefaturas
de sección en varios hospitales.
RESOLUCIONES. (Boletín Oficial del País Vasco del 2 y 30
de diciembre de 1997).
Composición de tribunales de traslado
El Departamento de Sanidad ha dado a conocer la composición nominal
de los tribunales calificadores de distintos concursos de traslados para
provisión de plazas vacantes.
RESOLUCIONES. (Boletín Oficial del País Vasco del 4 y 12
de diciembre de 1997).
Ayudas para organización de reuniones científicas
La Consejería de Sanidad ha concedido ayudas a instituciones sanitarias
para la organización de reuniones científicas.
RESOLUCIONES (Boletín Oficial del País Vasco del 4 y 12
de diciembre de 1997).
Plazas de medicina general en primaria
El Departamento de Sanidad ha resuelto modificar las adjudicaciones de
plazas vacantes de medicina general en primaria realizadas por Resolución
1038/1997 de 30 de junio. Asimismo, se procederá a realizar un
nuevo nombramiento y adjudicación de plazas.
RESOLUCIONES. (Boletín Oficial del País Vasco del 30 de
diciembre de 1997).
Créditos para la investigación
El Servicio Vasco de Salud ha aprobado una habilitación de créditos
por valor de 35.539.700 pesetas, destinados a financiar proyectos de investigación
sanitaria.
DECRETO. (Boletín Oficial del País Vasco del 12 de enero
de 1998).
Autorización de ópticas
La Consejería de Sanidad ha regulado las autorizaciones de creación
y de funcionamiento de ópticas.
ORDEN de 26 de diciembre de 1997. (Boletín Oficial del País
Vasco del 20 de enero de 1998).
Transferencia de personal
El Servicio Vasco de Salud ha aprobado la relación de medios personales
que son objeto de transferencia de Osakidetza al Departamento de Sanidad.
ACUERDO. (Boletín Oficial del País Vasco del 20 de enero
de 1998).
Oferta de plazas estatutarias en el Servicio Vasco de Salud
El Servicio Vasco de Salud ha convocado pruebas selectivas para acceso
a la condición de personal estatutario en distintas categorías.
El total de plazas ofertadas para médicos es de 77. El total de
plazas para otras categorías es de 40.
RESOLUCIONES. (Boletín Oficial del País Vasco del 7, 8,
9 y 21 de enero de 1998).
Tarifas aplicables por servicios de Osakidetza a terceros
El Servicio Vasco de Salud ha aprobado las tarifas aplicables en las organizaciones
del ente público por la prestación de servicios a terceros
obligados al pago del mismo.
ACUERDO. (Boletín Oficial del País Vasco del 30 de diciembre
de 1998).
Delegación del contrato con OsateK-Tecnología Sanitaria
El director de Servicios y Régimen Económico ha resuelto
delegar las competencias relacionadas con la sociedad pública Osatek
-Tecnología Sanitaria de Euskadi S.A. en los directores territoriales
del Departamento de Sanidad.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del País Vasco del 3
de febrero de 1998).
Autorizaciones de laboratorios clínicos
La Consejería de Sanidad ha dictado la Orden de 14 de enero de
1998 por la que se regulan las autorizaciones de creación, realización
de modificaciones, y funcionamiento de laboratorios clínicos.
ORDEN del 14 de enero de 1998. (Boletín Oficial del País
Vasco del 6 de febrero de 1998).
Valencia
Acreditación de hospitales
La Consejería de Sanidad ha sometido a información pública
el expediente para la acreditación del Hospital Elche para la actividad
de extracción de tejidos de donante vivo, el expediente para la
acreditación del Hospital General de Castellón para la actividad
de extracción e implante autólogo de médula ósea
y progenitores hematopoyéticos, y el expediente para la acreditación
del Hospital de Elche para la actividad de implante de tejido óseo
y tendinoso.
RESOLUCIONES. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 8 de enero
de 1998).
Hospitales de asistencia a crónicos y larga estancia
La Consejería de Sanidad ha definido los objetivos asistenciales,
de gestión, y la estructura de los hospitales de asistencia a crónicos
y de larga estancia. Asímismo se ha establecido una relación
de los hospitales que pasaran a tener esta denominación.
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 19 de enero de
1998).
Acuerdo sobre equipos móviles de transfusión
La Consejería de Sanidad ha prorrogado el Acuerdo de 25 de marzo
de 1996, del Gobierno Valenciano, en materia de incentivación de
los equipos móviles de los centros de transfusión de la
Comunidad Valenciana.
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 4 de febrero de
1998).
Criterios de cese de personal
La Consejería de Sanidad ha dado publicidad al acuerdo de la Mesa
Sectorial de Sanidad, relativo a criterios de cese de personal, para ejecutar
el concurso oposición de médicos de equipos de atención
primaria convocado por Resolución del 2 de agosto de 1993.
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 4 de febrero de
1998).
CONSEJO ASESOR
Presidente honorífico
Enrique Ruiz Vadillo
Tribunal Constitucional
Presidente
José Manuel Martínez-Pereda,
Magistrado. Tribunal Supremo
Vocales
José M. Alvarez-Cienfuegos
Magistrado del Tribunal Supremo
José Antonio Seijas Quintana,
Presidente Audiencia Provincial de Asturias
Santiago Pelayo
Abogado
Julio Galán Cortés
Abogado. Doctor en Medicina
Editor : Iñigo Barreda
Coordinador : Carlos Barreda
Redacción : Pablo Parrón
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