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Responsabilidad sanitaria: la reforma que viene.
La responsabilidad de la Administración y la de sus profesionales está en plena transformación, pues tres proyectos legales que se tramitan en el Congreso de los Diputados contemplan el respaldo del Estado por daños de los servicios públicos, de sus funcionarios, y de los sujetos privados que concurran en su producción.
Según la reforma legal, las reclamaciones por daños en la sanidad pública se dirigirán sólo contra la Administración en la vía contencioso-administrativa.
El profesional sanitario no podrá ser demandado en este orden jurisdiccional; su responsabilidad se analizará, si hubo culpa o negligencia grave, por un procedimiento interno de la Administración, que podrá tanto elevar el de culpa a los tribunales si hubo negligencia o culpa grave.
Esta determinará la repercusión de la indemnización al médico. Por otra parte, la vía penal es la única alternativa jurisdiccional tras la reforma, pues se cierra la posibilidad de reclamar ante los órdenes social y civil. Los riesgos imprevisibles y los de desarrollo exonerarán a la Administración de indemnizar.
Estas son los cambios fundamentales de la reforma de la responsabilidad patrimonial, que, en opinión de algunos autores, no mejora lo existente y puede colapsar las reclamaciones.
REF. 24
TRIBUNA Clínicas, interrupción voluntaria del embarazo y derecho a la intimidad.
Luis Roda García* y Julio César Galán Cortés**.
*Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm.4 de Gijón.
**Abogado. Doctor en Medicina.
La intervención judicial de 1.442 historiales en la Clínica Iris de Albacete para investigar si su actividad de prácticas abortivas es delictiva ha provocado la protesta airada de determinadas asociaciones.
El Juzgado Número 2 de esa ciudad analiza más de 1.100 casos de pacientes que decidieron abortar por si existiese responsabilidad penal.
Ha devuelto la mayoría de los historiales y decidido retener 81 expedientes para examinarlos a fondo. Julio Galán -del Consejo Asesor de Actualidad del Derecho Sanitario (ADS)- y Luis Roda dicen que el juez no puede inhibirse de investigar porque es un imperativo legal.
Asimismo, afirman que el funcionario judicial debe examinar a fondo toda la documentación disponible y poner todos los medios para garantizar la confidencialidad e intimidad de los investigados en el manejo de la información..
(Julio Galán y Luis Roda ya abordaron de forma monográfica el problema de "Las historias clínicas y su incorporación a los expedientes judiciales" en ADS nº 33/1997).
REF. 25
Condena a presidente colegial por impedir nuevas elecciones ordenadas por el juez.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a F.C.O. -presidente del Colegio de Enfermería de Barcelona en la fecha de autos- por delitos "contra el ejercicio de derechos de las personas, por desobediencia, desacato y falsificación de documento oficial".
El acusado impidió que se celebrasen nuevas elecciones, ordenadas judicialmente tras la manipulación de 200 votos por correo.
Un auto del TSJ de Cataluña anuló la totalidad de estos votos en las elecciones del 12-XII-93, y ordenó una nueva ronda sólo para los votantes por correo.
El presidente la impidió a través de la publicación de informaciones falsas en prensa y en el tablón de anuncios colegial.
Estas decían que el auto fue recurrido, y que los magistrados que lo dictaron estaban procesados por prevaricación por este motivo.
La condena es a 6 meses y un día de inhabilitación por el primer delito; a 3 meses de arresto mayor y multa de 150.000 pesetas por el segundo; a 3 meses de arresto mayor con arresto sustitutorio por el tercero; y a seis años y un día de prisión mayor y multa de 200.000 pesetas por falsear un documento oficial.
REF. 26
La decisión de no transfundirse del menor maduro no exculpa de delito a los padres.
"Homicidio con la atenuante de obcecación": se trata del delito cometido por unos Testigos de Jehová que no consintieron una transfusión sanguínea, única solución médica posible para la salvación de su hijo menor de edad.
Es la respuesta penal del Tribunal Supremo a una situación con delicadas repercusiones para el colectivo médico, el judicial, y el de los propios Testigos de Jehová. La sentencia, que revoca la de la Audiencia de Huesca (ver ADS nº 23, pág. 759), dice que la decisión del menor de no transfundirse no exculpa a los padres del delito de homicidio en comisión por omisión.
El derecho a la vida del menor de edad está por encima de la libertad de credo o religión de los padres, afirma.
El alto tribunal considera que las creencias de los padres intervinieron obcecando su actitud, por lo que aplica la atenuante "muy cualificada" de obcecación o estado pasional para condenar a dos años y seis meses de prisión.
En general, el Supremo considera que la libertad de conciencia y la religiosa no están absolutamente garantizadas si atentan contra los derechos de terceras personas.
REF. 27
Prisión para médico por ejercer de alergólogo sin tener la especialidad.
Un médico general con diploma en alergología de la Universidad René Descartes, en Francia, -donde no existe la especialidad- ha sido condenado a un año de prisión por intrusismo.
La condena aplica la agravante del 403 párrafo segundo del Código Penal por abrir consulta privada y aparecer en el directorio de Previasa como Diplomado en Alergología.
Protagonizan la acusación el Ministerio Fiscal y la Sociedad de Alergólogos del Norte.
El médico está afiliado al Colegio Oficial de Médicos de Guipúzcoa, y desempeñó plaza de especialista en Alergología en el Hospital de Zumárraga durante siete años.
El Servicio Vasco de Salud (SVS) le consideró apto para el puesto tras examinar la documentación presentada por el facultativo.
La jueza absuelve al SVS de responsabilidad civil subsidiaria, y deniega la indemnización solicitada por Alergonorte de 750.000 pesetas.
Indica que el Real Decreto 127/1984 exige el título para utilizar la denominación de especialista y ejercer.
(Otra condena a médico por instrusismo en odontología, ver ADS nº 36/1998, pág. 77).
REF. 28
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Anulado el precepto que ignoró al farmacéutico en la sanidad penitenciaria.
El artículo 213.4 del Reglamento Penitenciario, en tanto que no regula la presencia del profesional de farmacia en los servicios sanitarios penitenciarios, ha sido anulado por el Tribunal Supremo.
El precepto disponía que "la custodia de medicamentos cuya ingestión sin control médico represente un riesgo para la salud, será responsabilidad de los servicios sanitarios penitenciarios (...)". Su contenido es contrario a lo que dispone el artículo 103.1 de la Ley General de Sanidad y el artículo 3.5 de la Ley del Medicamento, que rezan que "la custodia, conservación y dispensación de medicamentos corresponderá a las oficinas de farmacia legalmente autorizadas y a los servicios de farmacia de los hospitales, de los centros de salud y de las estructuras de atención primaria del Sistema de la Salud para su aplicación dentro de dichas instituciones o para los que exijan una especial vigilancia, supervisión y control del equipo multidisciplinario de atención a la salud".
El recurso, presentado por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Castellón, es estimado parcialmente por el Tribunal Supremo, ya que se anula sólo parte de lo impugnado.
REF. 29
El título argentino de odontólogo no es convalidable, insiste el Supremo.
El título argentino de odontología no puede ser homologado en España si no supera una prueba de conjunto.
El Tribunal Supremo ha validado una resolución del Ministerio de Educación y Ciencia que exigía la superación de este examen, tal y como establece el artículo 2 del Real Decreto 86/1987, del 16 de enero.
Rechaza la demanda de un titulado en odontología en Argentina que solicitaba la aplicación del Convenio Cultural suscrito entre ese país y España, norma que previó la homologación automática de los títulos universitarios.
Sin embargo, la sentencia considera que los planes de odontología de los dos países no son equivalentes, por lo que el Convenio es inaplicable.
Para su correcta aplicación "no se puede prescindir de la normativa interna, acorde con la directivas comunitarias".
Los casos en que el Supremo ha concedido la convalidación se refieren a títulos de médico especialista.
(Otras sentencias de interes; ver ADS nº 36/1998, pág. 79; ADS nº 4/95, pág 241; ADS nº 10/95, pág. 675; ADS nº 22/96, pág. 725).
REF. 30
Anulado el decreto sobre seguridad de los aparatos de medicina humana.
El Real Decreto 65/1994, del 21 de enero, que adaptó la directiva sobre Exigencias de Seguridad de los Aparatos Eléctricos en Medicina y Veterinaria, ha sido anulada por lo que respecta a los aparatos utilizados en medicina humana.
El retraso en incorporar al Derecho español la directiva 84/539/CEE -cuando ya se había dictado una nueva sobre la misma materia, la directiva 93/42/CEE- provocó que el Derecho europeo vigente sobre los aparatos de medicina humana no fuera aplicado.
El artículo 22 de la segunda directiva estipuló que los Estados miembros la adaptarían como fecha tope el 1 de julio de 1994, periodo que no fue cumplido por la Administración española.
El Real Decreto 65/1994, que pretendía la aplicación de las normas del Comité Europeo de Normalización Electrónica (Cenelec), queda vigente sólo para la seguridad de los aparatos en medicina veterinaria.
El Supremo estima parcialmente el recurso de la Federación de Empresas de Instrumentación Científica, Médica y Dental.
REF. 31
La readmisión por sentencia firme no es sustituible por indemnización.
La nulidad del despido por sentencia firme implica la readmisión automática del trabajador, sin posibilidad de sustituirlo por indemnización.
El Constitucional ha rechazado los argumentos del Servicio Valenciano de Salud (Servasa), que alegó que la readmisión atenta contra los principios de acceso a la Administración.
El Servasa ofreció a la interina una indemnización en vez de la readmisión en ejecución de sentencia, lo que ha sido tachado de inconstitucional.
Se acogen los argumentos del Ministerio Fiscal, pues las sentencias firmes son inmodificables a no ser que se acredite una circunstancia que las condicione.
El Servasa aportó, en ejecución de sentencia, un certificado en el que indicó que no podía ejecutarse la readmisión porque había otro interino (readmitido por otro cese ilegal) ocupando la plaza en litigio.
El Tribunal Constitucional rechaza esta prueba, puesto que en ninguna actuación del proceso se demostró que la interina ocupase el mismo puesto que precedentemente ocupó el otro interino readmitido por despido ilegal.
REF. 31
[Instrucciones para el procedimiento de la renuncia a la exclusividad.] |
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[Títulos farmacéuticos: plazo transitorio para acceder a una segunda especialidad.] |
Instrucciones para el procedimiento de la renuncia a la exclusividad.
REF. 33
Para adquirir más información.
Títulos farmacéuticos: plazo transitorio para acceder a una segunda especialidad.
REF. 34
Para adquirir más información.
`La Reforma Legal de la Responsabilidad Médica´
El próximo día 1 de abril se celebrará en el Hotel Plaza de Madrid el seminario titulado "La Reforma Legal de la Responsabilidad Médica: Nuevos Enfoques Jurídicos ante las Demandas por Daños Sanitarios", organizadas por Instituto de Fomentos Sanitario, con la colaboración de Actualidad del Derecho Sanitario y el patrocinio de Gil y Carvajal Seguros y Reaseguros.
En las jornadas, coordinadas por el abogado Santiago Pelayo, se someterán a estudio los tres proyectos legales que reformarán el régimen de responsabilidad patrimonial, y el de la responsabilidad del médico en los casos en los que se le repercuta la indemnización. Se analizará el Proyecto de Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La responsabilidad profesional del médico de la sanidad pública es objeto de una profunda reforma en el Parlamento con la tramitación de estos proyectos legales. Están en fase final de tramitación y presentan novedades muy significativas en aspectos como la canalización de demandas, la obligación de repetición contra los responsables del daño en determinados supuestos, el aseguramiento, y el límite a la cobertura de los riesgos sanitarios.
En el seminario estarán como ponentes José Manuel Martínez Pereda, magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo; José María Alvarez Cienfuegos, magistrado jefe del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo; Juan José González Rivas, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo; Julio Padilla, presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados; Diego Martínez, jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad; Diego de la Torre, director de RC Sanitaria en Gil y Carvajal, Seguros y Reaseguros; Antonio Pedreira Andrade, magistrado del TSJ de Madrid, y el abogado Santiago Pelayo. Las conferencias están dirigidas a abogados, médicos, directivos de centros sanitarios públicos, y personal de la Administración central y de los Servicios de Salud autonómicos.
Información e inscripciones: Instituto de Fomento Sanitario. Tf. 91 351 43 28
Fax 91 351 27 65. C/ Portugal, 3 - L, 1 - Pozuelo de Alarcón - 28224 - Madrid.`XII Congreso Mundial de Derecho Médico´
El XII Congreso Mundial de Derecho Médico tendrá lugar la semana del 2 al 6 de agosto, en Siófok, Hungría. En la jornadas se abordarán temas relacionados con política sanitaria y legislación, Derecho de los pacientes, responsabilidad, formación médica y legal, legislación y ética en enfermería, ley y ética en psiquiatría, odontología, farmacia y medicina forense, comienzo y final de la vida, investigación médica y otras tecnologías.
Más información y reservas: MOTESZ Congress Bureau H-1051.
Budapest, Nádor u.36 Hungary Phone: (361) 3116687; Fax: (361) 1837918.`XIV Jornadas para el Desarrollo y Humanización de la Enfermería´
El Centro San Juan de Dios de Ciempozuelos celebró durante el pasado mes de marzo las XIV Jornadas para el Desarrollo y Humanización de la Enfermería, en las que se estudiaron temas referentes a los "Dilemas bioéticos y Legales en la práctica Clínica de Enfermería".
Inscripciones e información: Avda. San Juan de Dios, 1.28350.
Ciempozuelos Madrid. Teléfono: 91.893.00.01 Extensión 124.s
La ampliación legal del aborto divide al Congreso en dos mitades.
El empate derrota las proposiciones de ley. Por eso quedó rechazada ayer la iniciativa del Grupo Socialista favorable a la ampliación de los supuestos legales del aborto: se produjeron en el Congreso tres empates sucesivos: los dos primeros, a 166 votos; y el tercero -y último reglamentariamente-, a 168. Entre los ausentes en las tres votaciones figuraban Felipe González, Francisco Vázquez (PSOE), Miguel Cabrera y Celia Villalobos (PP). Otra proposición también encaminada a la ampliación del aborto, y presentada por IU, quedó rechazada por 15 votos de diferencia.
(EL PAÍS, 25 de febrero de 1998).Un juez considera legal que las aseguradoras pregunten si se es seropositivo.
La Asociación Anti Sida de Guipúzcoa ha recurrido la primera sentencia dictada en España en la que se considera que es "legal" que las compañías aseguradoras pregunten al cliente si es portador del VIH (virus de inmunodeficiencia humana) en sus cuestionarios cuando desea formalizar un seguro de vida. El autor de la sentencia, el magistrado de Primera Instancia número 1 de San Sebastián, José Manuel Grao Peñagaricano, reconoce que no todos los portadores de ese virus acaban desarrollando el sida, pero sí que "tienen mayor riesgo que otra persona". La Asociación Anti Sida de Guipúzcoa presentó una demanda contra la compañía aseguradora Norte Hispania al considerar que la pregunta formulada atenta contra el derecho a la intimidad del individuo.
El juez considera que la pregunta que formula la aseguradora se enmarca en el principio de igualdad, ya que "no sería equitativo ni ajustado a derecho que pagasen la misma prima por un contrato de seguro una persona sana, sin enfermedad alguna, que una persona que tuviera ya declarado y diagnosticado un tumor cerebral, un cáncer o la propia enfermedad del sida".
(EL PAÍS, 25 de febrero de 1998).CCOO impugna la OPE de Aragón aludiendo inconstitucionalidad.
A sólo dos días para que expire el plazo de presentación de recursos a la oferta pública de empleo (OPE) que la Diputación General de Aragón ha convocado para los médicos de atención primaria, el sindicato CCOO ha concretado sus reiteradas amenazas y ha confirmado a DM que impugnará el texto oficial al entender que es "inconstitucional". Este recurso se suma al que presentó el pasado lunes la Sociedad Aragonesa de Medicina Familiar y Comunitaria (Samfyc).
(Diario Médico, 26 de febrero de 1998).Emplear más de 2 meses en un expediente implica su anulación.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado una sanción disciplinaria porque entre la constitución del órgano instructor y la propuesta de resolución transcurrió un plazo mayor -dos meses, prorrogables por otro más- al previsto en el Estatuto Jurídico del Personal Médico. La sentencia razona que el plazo es una de las cautelas con que el derecho protege de eventuales abusos al expedientado.
(Diario Médico, 10 de marzo de 1998).Una sentencia insiste en que realizar guardias es un derecho.
Una nueva sentencia ha vuelto a confirmar el derecho de los facultativos a realizar guardias. La resolución pone de relieve que la facultad de la Gerencia en la organización de las guardias no es una potestad arbitraria y es preciso acreditar el motivo de la medida. Además entiende que, en este caso, la privación esconde una sanción por haber estado de baja médica, falta que no está tipificada ni siguió el procedimiento adecuado.
(Diario Médico, 11 de marzo de 1998).El juzgado investigará 81 casos de aborto de la clínica de Albacete.
El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Albacete, Manuel Mateos, devolvió ayer a la clínica ginecológica de Albacete más de 1.100 historias de pacientes que habían acudido a este centro privado para interrumpir sus embarazos. La decisión se ha producido tras la presión ejercida a lo largo de una semana por numerosos colectivos políticos y feministas albaceteños en defensa de la intimidad de las titulares de estos expedientes clínicos.
Anteriormente el juez ya había devuelto otras 200 historias del total de 1.442 que fueron intervenidas el pasado día 2 tras recibirse una denuncia en el Juzgado por parte de un médico de otro centro hospitalario por presuntas prácticas abortivas ilegales en esta clínica de planificación familiar.
El juez ha decidido retener un total de 81 expedientes, que serán sometidos a una investigación más a fondo por si de alguno o algunos de ellos se derivasen conductas presuntamente delictivas relacionada con interrupciones de embarazos.
El apoderado de Iris, Eduardo Pin, declaró a El Mundo que los responsables de la clínica han decidido recurrir a través de la asesoría jurídica de CCOO la decisión solicitando la devolución de las 81 historias retenidas.
Por su parte, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Andrés López Mora, ha tranquilizado a los pacientes de Iris que temen que se vulnere su derecho a la intimidad al estar retenidas sus historias, asegurando que el juez del caso está actuando en este asunto con la "máxima discreción".
(El Mundo, 13 de marzo de 1998). (Ver comentario a esta información del abogado Julio Galán y el juez Luis Roda en las páginas de Tribuna de este número).El Defensor del Pueblo rechaza impugnar la ley vasca de colegios.
Vencido el plazo, Unión Profesional no ha conseguido que la Ley vasca de Colegios Profesionales sea impugnada por inconstitucional. Lo solicitó al grupo parlamentario popular, al presidente del Gobierno, José María Aznar, y al Defensor del Pueblo. De los tres, este último ha respondido por escrito argumentando que no recurre la norma porque la colegiación voluntaria no atañe a derechos fundamentales.
(Diario Médico, 17 de marzo de 1998).Sólo una minoría de los daños podrán repercutirse en el médico.
El proyecto de reforma de la responsabilidad sanitaria, en tramitación en el Congreso a través de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas (LRJA), suscita la duda de qué se debe entender por negligencia médica grave. Esta duda es particularmente relevante porque la Administración -que dará la cara por el médico en las reclamaciones- sólo le repercutirá las indemnizaciones que respondan a una negligencia grave.
Pues bien, a juzgar por el criterio de las salas Civil y Penal del Tribunal Supremo, serán escasísimos los supuestos en que el médico vea desplazada sobre sí la indemnización. Y es que la negligencia grave simplemente no existe en la primera. En vía penal, son muy pocas las conductas que en que se ha apreciado responsabilidad grave.
(Diario Médico, 20 de marzo de 1998).La UE permitirá que se rechace la sangre donada por homosexuales.
La Unión Europea ha aprobado nuevas medidas para lograr una mayor seguridad de los productos sanguíneos. Según los nuevos criterios adoptados por las autoridades sanitarias, se podrá rechazar el plasma de donantes con alcoholismo, prostitutas y hombres homosexuales, entre otros colectivos y bajo ciertas circunstancias. Asimismo podrán no ser aceptadas las donaciones de sangre de personas con historial clínico de la enfermedad de Creutzfeldt-Jacob.
Esta propuesta ha sido aprobada por la Comisión de Salud Pública, que también pretende que los donantes europeos indiquen cuándo viajaron al extranjero y cuánto tiempo estuvieron fuera de la Unión Europea. Entre las medidas figura la creación en cada país de un registro de donantes común para toda la UE. Esta serie de medidas deberán ser aprobadas o rechazadas en el Pleno del Parlamento Europeo, con sede en Estrasburgo, que se celebrará del 30 de marzo al 3 de abril próximos.
(ABC, 21-III-98)Desestimados los recursos contra los centros de interrupción del embarazo.
El Tribunal Supremo ha desestimado varios recursos acumulados contra el Real Decreto 2409/86, del 21 de noviembre, que reguló la acreditación de centros y los dictámenes preceptivos para la práctica legal de la interrupción voluntaria del embarazo. La sentencia responde a los recursos del Consejo General de Médicos de España, del Colegio de Médicos de Madrid, de la Federación Española de Asociaciones Provida, y de la Asociación Canaria Provida, entre otros. Alegaban desatención a la vida del nasciturus; a la vida, salud e integridad física de los gestantes, y determinadas omisiones en relación con el control de los centros acreditados al no establecer límites a la confidencialidad que el reglamento proclama. También se recurría el hecho de que no se contemplase en la norma la objeción de conciencia de los médicos a la práctica de los abortos. El magistrado Mariano Baeza del Alcázar ha formulado un voto particular discrepante de la sentencia (Tribunal Supremo, 16 de enero de 1993, Sala de lo Contencioso Administrativo. Ponente, Rafael Fernández Montalvo).
(Actualidad del Derecho Sanitario).El Comité de empresa puede designar delegados de prevención.
Los comités de empresa de centros de menos de cincuenta trabajadores tienen el derecho de designar los delegados de prevención por y entre sus miembros, y a constituir un comité de seguridad y salud en el que se integren dichos delegados de prevención. Una sentencia ha desestimado el recurso de una empresa que pretendía que el ámbito de constitución del Comité de Seguridad y Salud Laboral fuese el mismo centro o empresa cuando no ésta no superase los 50 trabajadores, y no una pluralidad de centros cuando ninguno de ellos alcance dicho número.
(Tribunal Supremo, 3 de diciembre de 1997. Ponente, José Antonio Somalo Giménez).
(Actualidad del Derecho Sanitario).Sólo el médico debe cumplimentar recetas.
La normativa legal vigente lo deja bien claro: sólo el médico, y no el ATS o enfermero, puede rellenar las recetas médicas. Así se lo ha recordado un juzgado de Palma de Mallorca al Insalud, enfrentado con una ATS del centro de salud de Sóller, en la isla de Mallorca, por tal cuestión.
La ATS solicitó ante el Juzgado de lo Social número 1 de Palma la anulación de una orden, incluida en el Programa de Prestaciones Terapéuticas de Larga Duración aprobado por la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca en mayo de 1992. En dicha orden consta que, entre otras tareas de los enfermeros, está la de cumplimentar las recetas de los medicamentos autorizados en la terapia de larga duración.
En la sentencia, que ha dado la razón a la ATS, se recuerda que, el artículo 7 del Real Decreto 1910/84, regulador de la receta médica, establece que "la firma y la rúbrica serán las habituales del facultativo, quien las estampará personalmente y después de completados los datos de consignación obligatoria y escrita la prescripción objeto de receta".
(Enfermería Actualidad, Febrero de 1998).Los refuerzos de fin de semana tienen derecho a cobrar el paro.
Según ha señalado una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Jaén, el personal sanitario de refuerzo que trabaja sólamente los fines de semana, está en situación de desempleo el resto de la semana y, una vez reunidas las cotizaciones suficientes, tiene derecho a percibir la prestación por desempleo.
El citado juzgado ha visto el caso de un ATS que trabajaba como refuerzo en el Insalud los fines de semana y solicitó la prestación por desempleo, siéndole concedida por un periodo de tres meses.
El Insalud alegó que, a pesar de haber trabajado únicamente de viernes a domingo, las horas de trabajo sumaban 41 por semana en jornada continuada, por lo que no estaba en situación legal de percibir el paro que se le había asignado (489.406 pesetas).
Sin embargo y según ha demostrado el letrado del enfermero, independientemente del número de horas de servicio realizadas el fin de semana "la prestación de servicio equivale únicamente a tres días naturales y a tres jornadas de trabajo y, por lo tanto, en las cuatro restantes el trabajador de refuerzo se halló su situación legal de desempleo".
(Enfermería Actualidad, Febrero de 1998).El Insalud renueva el seguro de RC por un año.
El seguro de responsabilidad civil del Insalud ha sido adjudicado al pool de aseguradoras constituido por Mapfre, AGF-Unión y el Fenix, Mussini y Winterthur -con la intermediación de las corredurías de seguros Unipsa, Alexander & Alexander, y Gil y Carvajal-, la única oferta que se ha presentado al concurso para la póliza de este año. Las corredurías forman una unión temporal de empresas (UTE) que lidera Unipsa, la misma que se adjudicó el anterior concurso del Insalud.
El seguro se ha suscrito por 1545 millones de pesetas, y cubrirá las reclamaciones por responsabilidad civil derivada de daños producidos durante su vigencia, es decir, desde el 1 de marzo de 1998 hasta la misma fecha de 1999. También responderá de la reclamaciones por responsabilidad objetiva de la Administración. Las demandas por siniestros acaecidos durante el año del contrato pueden presentarse hasta tres años después de su finalización (el 1 de marzo del 2001). El contrato estipula un tope en las indemnizaciones, de 60 millones por víctima, y de 100 por siniestro. La franquicia es de 500.000 pesetas, en vez del millón de pesetas del seguro anterior.
Las fundaciones y centros sanitarios constituidos con nuevas fórmulas de gestión no están cubiertos por la póliza sucrita ahora, por lo que tendrán que concertar seguros propios.
La póliza es concurrente con otras que tenga el personal sanitario, por lo que cada una responderá proporcionalmente en las indemnizaciones.
La cabecera de las aseguradoras es Mapfre, que tiene el 34 por ciento del seguro; AGF-Unión y el Fenix tiene el 34 por ciento; Mussini, el 20 por ciento, y Winterthur,.que tiene el 12 por ciento restante.
(Actualidad del Derecho Sanitario).
Modificación de la obtención del título de farmacéutico especialista.
El Ministerio de la Presidencia ha dictado un real decreto derogando el apartado uno del artículo 7 del Real Decreto 2708/1982, de 15 de octubre, por el que se regulan los estudios de especialización y la obtención del título de farmacéutico especialista.
Con este real decreto se pretende que la formación sanitaria especializada para farmacéuticos se realice sólo a través de una convocatoria general de pruebas selectivas, como única vía de acceso a plazas de formación y obtención del título.
Se establece un plazo para la resolución de las solicitudes de segundos títulos de especialista, de tal manera que una vez concluido este proceso, sólo se podrá acceder a los segundos títulos de especialista mediante la participación en la convocatoria general de pruebas selectivas.
Por tanto queda derogada la posibilidad de acceder mediante convalidación de estudios y realización de enseñanzas complementarias.
REAL DECRETO (Boletín Oficial del Estado del 6 de febrero de 1998).Medidas contra la zoonosis procedentes de animales.
El Ministerio de la Presidencia ha establecido medidas de protección contra determinadas zoonosis y determinados agentes productores de zoonosis y determinados agentes productores de zoonosis, procedentes de los animales y productos de origen animal, a fin de evitar las infecciones e intoxicaciones procedentes de los alimentos.
ORDEN (Boletín Oficial del Estado del 7 de febrero de 1998).Ley de Presupuestos Generales en Cantabria para el 98.
La Comunidad Autónoma de Cantabria ha aprobado la Ley 30/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Diputación Regional de Cantabria para 1998.
LEY (Boletín Oficial del Estado del 7 de febrero de 1998).Ley de Medidas Fiscales en Cantabria.
La Comunidad Autónoma de Cantabria ha aprobado la Ley 7/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
LEY (Boletín Oficial del Estado del 7 de febrero de 1998).Nombramiento.
La Universidad de Santiago de Compostela ha nombrado Catedrático de Universidad del área de medicina del Departamento de medicina a José Antonio Castillo Sánchez.
RESOLUCIÓN (Boletín Oficial del Estado del 9 de febrero de 1998).Ley de Presupuestos Generales en Extremadura.
La Comunidad Autónoma de Extremadura ha aprobado sus Presupuestos Generales para 1998.
LEY 11/1997, de 23 de diciembre. (Boletín Oficial del Estado del 14 de febrero de 1998).Ampliación de la orden de modelos oficiales de receta médica.
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha modificado la Orden de 23 de mayo de 1994, sobre modelos oficiales de receta médica, en el sentido de ampliar la lista de principios activos dispensables en receta para tratamientos de larga duración.
ORDEN. (Boletín Oficial del Estado del 12 de febrero de 1998)
Ley sobre la prevención, asistencia e integración en drogas en Murcia
La Comunidad Autónoma de Murcia ha aprobado la Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre drogas para la prevención, asistencia e integración social.
LEY(Boletín Oficial del Estado del 12 de febrero de 1998).Rectificación de la convocatoria MIR anual.
El Ministerio de la Presidencia ha rectificado la Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se aprueba la convocatoria general de pruebas selectivas para 1997 para el acceso en 1998 a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Psicólogos y Radiofísicos hospitalarios.
ORDEN. (Boletín Oficial del Estado del 19 de febrero de 1998).Admitidos a la escala de farmacéuticos inspectores del Cuerpo Sanitario.
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha declarado aprobado la lista de admitidos a las pruebas selectivas para ingreso en la escala de farmacéuticos inspectores del Cuerpo Sanitario del extinguido Instituto Nacional de Previsión.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 11 de marzo de 1998).Leyes de Creación del Colegio de Podólogos y Fisioterapéutas de Madrid.
La Comunidad Autónoma de Madrid ha aprobado la Ley 9/1997, de 14 de abril, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de Madrid. Asimismo ha aprobado la Ley 10/1997, de 14 de abril de creación del Colegio de Fisioterapéutas en la Comunidad.
LEY (Boletín Oficial del Estado del 25 de febrero de 1998).Convenio sobre formación continuada de las profesiones sanitarias.
La Subsecretaria del Ministerio de Sanidad ha resuelto dar publicidad al convenio de la conferencia sectorial del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de la Salud sobre formación continuada de las profesiones sanitarias.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 13 de febrero de 1998).Convenio entre el Carlos III y Navarra de consultoría y de tecnologías y formación.
La Subsecretaria ha dado publicidad al convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de Salud Carlos III y el Servicio Navarro de Salud, para la realización de diferentes aspectos de consultoría, evaluación de tecnologías sanitarias y formación.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 13 de febrero de 1998).Subvenciones para materias relacionadas con la protección radiológica.
El Consejo de Seguridad Nuclear ha aprobado las bases reguladoras de la concesión de subvenciones o ayudas en materias relacionadas con la seguridad nuclear y la protección radiológica.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 17 de febrero de 1998).Estatutos de Correos y Telégrafos.
Ha sido recientemente aprobado el estatuto de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos.
REAL DECRETO. (Boletín Oficial del Estado del 15 de febrero de 1998).Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales en Murcia.
La Comunidad Autónoma de Murcia ha aprobado la Ley 7/1997, de 29 de octubre, sobre Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
LEY 7/1997 de 29 de octubre.(Boletín Oficial del Estado del 20 de febrero de 1998)
Carácter oficial del Escalafón del Cuerpo de Médicos Forenses
El Ministerio de Justicia ha concedido carácter oficial al Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial del Estado del 27 de febrero de 1998).Ley de derechos y garantías de los contribuyentes.
La Jefatura del Estado ha aprobado la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.
LEY 1/1998, de 26 de febrero. (Boletín Oficial del Estado del 27 de febrero de 1998).Petición de plazas de facultativo de medicina general en EAP.
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha establecido la fecha y el procedimiento para la petición de plazas de facultativo de Medicina General en equipos de atención primaria.
RESOLUCIÓN.(Boletín Oficial del Estado del 3 de marzo de 1998).Creación del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.
La Jefatura del Estado ha creado por Ley 3/1998, de 3 de marzo, el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos.
LEY 3/1998, de 3 de marzo.(Boletín Oficial del Estado del 4 de marzo de 1998).Fundación "Reina Mercedes para la investigación sanitaria".
La Comunidad Autónoma de Andalucía ha inscrito en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la fundación denominada "Reina Mercedes para la investigación sanitaria"
ORDEN.(Boletín Oficial del Estado del 4 de marzo de 1998).Ayudas para prevención del SIDA.
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha establecido las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, con destino a la financiación de programas de prevención y control del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
AYUDAS.(Boletín Oficial del Estado del 4 de marzo de 1998)."Fundación Sociedad Internacional de Bioética" de Gijón.
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto la inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes la denominada "Fundación Sociedad Internacional de Bioética" de Gijón. Dicha fundación tendrá por objeto promover difundir y consolidar el conocimiento de la bioética, con la finalidad de su plena aplicación en los campos de la ciencia médica, biológica y tecnológica. Además, procurará el desarrollo jurídico de la bioética, tanto a nivel nacional como internacional. También promoverá el análisis de los problemas concretos de la aplicación de los avances científicos y, en particular, de la biomedicina y la biotecnología, desde los puntos de vista ético, legal y social.
AYUDAS.(Boletín Oficial del Estado del 4 de marzo de 1998).Incorporación de la directiva europea sobre protección jurídica de datos.
La Jefatura del Estado ha aprobado la Ley 5/1998, de 6 de marzo, por la que incorpora al Derecho Español de la Directiva 96/9/de la Comunidad Europea, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos.
LEY 5/1998, de 6 de marzo.(Boletín Oficial del Estado del 7 de marzo de 1998).Ley de Colegios Profesionales de Protésicos Dentales de Cantabria.
Cantabria ha aprobado la Ley de Colegios Profesionales de Protésicos Dentales de Cantabria
LEY 2/1998, de 6 de febrero.(Boletín Oficial del Estado del 11 de marzo de 1998)
Convenio para prevención del Sida entre Sanidad y Canarias
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha firmado un convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo de actividades de prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida específicamente dirigidas a la implantación de programas de intercambio de jeringuillas en usuarios de drogas por vía parenteral.
RESOLUCIÓN.(Boletín Oficial del Estado del 19 de marzo de 1998).
Nombramientos.
El Servicio Andaluz de Salud y la Universidad de Sevilla, ha nombrado a Juan Ramón Castillo Ferrando catedrático de universidad/facultativo especialista de área.
Asimismo ha nombrado a Olga García López y a María Dolores Franco Fernández profesoras titulares de universidad/facultativos especialistas de área.
La Consejería de Salud ha nombrado a Francisco Javier Cuberta Galdos, delegado provincial de la Consejería de Sevilla.
Carmen Estrada Cerquera ha sido nombrada profesora titular de universidad del área de conocimiento de "Fisiología", adscrita al Departamento de Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública y Fisiología. José Manuel Vázquez Gallego ha sido nombrado profesor titular de universidad, del área de conocimiento de "cirugía".
Julio Rodríguez de la Rua Fernández, profesor titular de universidad.
RESOLUCIONES. (BOJA del 5, 7 y 10 de febrero de 1998).
Comisión de valoración de pediatras.
La Consejería de Salud ha resuelto modificar la composición de la Comisión de Valoración prevista en la Resolución del 9 de diciembre de 1997, de convocatoria para la provisión de plazas básicas vacantes de Médicos Pediatras de Atención Primaria dependientes del organismo, mediante concurso de traslado.
RESOLUCIÓN. (BOJA del 7 de febrero de 1998).
Creación del Comité Asesor Científico en Investigación.
La Consejería de Salud ha creado el Comité Asesor Científico en Investigación y regulado su funcionamiento mediante la Orden de 21 de enero de 1998 de dicha Consejería.
ORDEN. (BOJA del 10 de febrero de 1998).
Ampliación de los ficheros automatizados de datos personales.
La Consejería de Salud ha ampliado los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consejería.
ORDEN (BOJA del 10 de febrero de 1998).
Pruebas selectivas para el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
La Consejería de Gobernación y Justicia ha dispuesto dar publicidad a la resolución de 18 de diciembre de 1997, de la secretaria de estado de justicia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
RESOLUCIÓN (BOJA del 19 de febrero de 1998).
Traslado para odontoestomatólogos y medicina general.
La Consejería de Salud ha hecho pública las resoluciones provisionales de convocatoria para provisión de plazas vacantes de odonto-estomatólogo, así como medicina general de los equipos básicos y dispositivos de apoyo de primaria, mediante concurso de traslado
RESOLUCIÓN (BOJA del 21 de febrero de 1998).
Integración del Hospital San José y San Raimundo.
La Consejería de Salud ha regulado el régimen de integración del personal laboral fijo afecto a la asistencia sanitaria del Hospital San José y San Raimundo, de Linares, en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social.
RESOLUCIÓN (BOJA del 21 de febrero de 1998).
Recursos contra decretos de OPA y de selección de plazas.
La Consejería de Salud ha anunciado la interposición de sendos recursos contencioso-administrativos, contra el Decreto 220/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1997, de los centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, así como contra el Decreto 232/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan los sistemas de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud.
ORDEN (BOJA del 24 de febrero de 1998).
Delegación de competencias para convenio de emergencias sanitarias.
La Consejería de Salud ha delegado en la directora general de Salud Pública y Participación, competencias para la suscripción del convenio de colaboración entre la Consejería y la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.
ORDEN (BOJA del 26 de febrero de 1998).
Programas para pruebas de acceso a facultativo especialista de área.
La Consejería de Salud ha aprobado y publicado los programas de las pruebas selectivas para el acceso a determinadas especialidades de facultativo especialista de área.
RESOLUCIÓN (BOJA del 3 de marzo de 1998).
Regulación del derecho de información sobre servicios funerarios.
La Consejería de Sanidad ha dictado el Decreto 1/1998, de 2 de enero, por el que se regula el derecho a la in formación sobre los servicios mortuorios y funerarios.
DECRETO 1/1998, de 2 de enero. (Boletín Oficial de Baleares del 10 de enero de 1998).
Nombramientos y ceses.
Armando Torres Ramírez ha sido nombrado catedrático de universidad y médico adjunto del Hospital Universitario de Canarias. Manuel Sánchez Méndez ha sido nombrado profesor titular de universidad y médico adjunto del Hospital Universitario de Canarias en el área de conocimiento de cirugía. Antonio López Artalejo ha sido cesado como Presidente del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, a su vez ha sido nombrado en el cargo Javier Díaz Moreno.
RESOLUCIÓNES Y DECRETOS. (Boletín Oficial de Canarias del 2 de marzo de 1998).
Creación de la Comisión Departamental para la adaptación al EURO.
La Consejería de Sanidad y Consumo ha creado la Comisión Departamental para la adaptación al euro.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Canarias del 20 de febrero de 1998).
Funciones en la instrucción de expedientes en materia sancionadora.
La Consejería de Sanidad y Consumo ha determinado el desempeño de las funciones correspondientes a la fase de instrucción de los procedimientos sancionadores por determinadas infracciones sanitarias. La competencia resolutoria se realizará por los jefes de servicio de acreditación, evaluación y conciertos de la dirección del servicio.
ORDEN. (Boletín Oficial de Canarias del 4 de febrero de 1998).
Cofinanciación de servicios sociales.
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha aprobado el DECRETO 30/98, de 19 de febrero por el que se regulan los criterios y bases que han de configurar el acuerdo marco de cofinanciación de los servicios sociales que hayan de prestarse por las entidades locales.
DECRETO 30/98, de 19 de febrero. (Boletín Oficial de Castilla y León del 25 de febrero de 1998).Horarios mínimos de apertura de farmacias.
La Consejería de Sanidad y Bienestar Social ha aprobado una orden por la que se determinan los horarios mínimos oficiales de apertura, así como los criterios que deben regir para el establecimiento de guardias, urgencias y vacaciones de las oficinas de farmacia..
ORDEN. (Boletín Oficial de Castilla y León del 10 de marzo de 1998).
Creación de la medalla y la placa Josep Trueta al mérito sanitario.
El Departamento de Sanidad ha creado la medalla y la placa Josep Trueta al mérito sanitario. La concesión de ambas condecoraciones será realizada por decreto del gobierno, a propuesta del consejero de Sanidad y Seguridad Social.
DECRETO. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 13 de febrero de 1998).
Consejos de salud.
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social ha nombrado miembros de los consejos de salud de las regiones sanitarias del Servicio Catalán de Salud y del Consejo de Salud de Consorcio Sanitario de Barcelona.
Dicho nombramiento será por un periodo máximo de 4 años.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 13 de febrero de 1998).
Tribunales de convocatorias.
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social ha hecho pública la composición de los tribunales que han de resolver la convocatoria correspondiente a las plazas de personal sanitario de equipos de atención primaria, de odonto-estomatología, medicina general, pediatría y practicante ATS de zona.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 17 de febrero de 1998).
Amortización de plazas en distintos partidos médicos.
El Departamento de Sanidad ha resuelto amortizar las plazas de los médicos titulares de los partidos médicos de Rupia, Sant Joan les Fonts y de Verges.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 18 de febrero de 1998).
Evaluación de jefes de servicio y sección.
El Departamento de Sanidad ha hecho pública la composición de varios tribunales correspondientes al procedimiento de evaluación especifica de las plazas de jefe de servicio y jefe de sección de los servicios jerarquizados de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Servicio Catalán de Salud
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña del 27 de febrero de 1998).
Regulación del transporte sanitario.
La Consejería de Sanidad y Servicios y Sociales ha aprobado el Decreto 42/1998, de 15 de enero, por el que se regula el transporte sanitario.
DECRETO 42/1998, de 15 de enero. (Diario Oficial de la Xunta de Galicia del 12 de febrero de 1998).
Estructura de la Consejería.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha aprobado el Decreto 48/1998, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería.
DECRETO 48/1998, de 5 de febrero. (Diario Oficial de la Xunta de Galicia del 18 de febrero de 1998).
Funciones de jefes de servicio.
La Consejería de Sanidad y Servicios y Sociales ha delegado determinadas funciones en materia de transporte sanitario en los jefes de servicio de planificación y ordenación sanitaria.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad de la Xunta de Galicia del 23 de febrero de 1998).
Tarifas de servicios sanitarios.
La Consejería ha aprobado el Decreto 57/1998, de 5 de febrero, por el que ha establecido las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud
DECRETO. (Diario Oficial de la Generalidad de la Xunta de Galicia del 2 de marzo de 1998).
Atención temprana al discapacitado.
La Consejería ha aprobado el Decreto 69/1998, de 26 de febrero, por el que se regula la atención temprana al discapacitado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
DECRETO. (Diario Oficial de la Xunta de Galicia del 10 de marzo de 1998).
Ayudas individuales a minusválidos y personas mayores.
La Consejería ha regulado las ayudas individuales no periódicas para minusválidos y personas mayores.
ORDEN. (Diario Oficial de la Xunta de Galicia del 12 de marzo de 1998).
Modificación de las subvenciones a centros para discapacitados.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha modificado el artículo 4 de la Orden 3/1998 de 7 de enero reguladora de la concesión anual de subvenciones a instituciones sin fin de lucro, para mantenimiento de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. Dicho artículo recoge los criterios de prioridad de la concesión de subvenciones.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 6 de febrero de 1998).
Bases de convocatoria para auxiliar de enfermería.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha aprobado las bases de la convocatoria para la selección de personal de la categoría profesional de auxiliar de enfermería con el fin de formar listas de espera a los efectos de su contratación a tiempo cierto.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 4 de marzo de 1998).
Modificación del Registro de Colegios Profesionales en Madrid.
La Consejería de Presidencia ha modificado el Decreto 140/1997, de 30 octubre, por el que se regula el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales en Madrid. La modificación se refiere a la legalidad de los actos inscribibles en el registro.
DECRETO. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 6 de marzo de 1998).
Admitidos para apertura de farmacias.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha hecho pública la relación provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento de autorización de apertura de nuevas farmacias convocado por la resolución de 8 de octubre de 1997.
ORDEN. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 9 de marzo de 1998).
Regulación de modelos de títulos académicos y profesionales.
La Comunidad Foral de Navarra ha aprobado el Decreto Foral 382/1997, de 22 de diciembre, por el que se regula el modelo de los títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo expedidos por la Comunidad Foral de Navarra.
DECRETO FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 6 de febrero de 1998).
Retribución en horario nocturno los domingos y festivos.
La Comunidad Foral de Navarra ha determinado mediante Foral 10/1998, de 26 de enero, lo compensación económica por trabajo en horario nocturno en domingos y festivos del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud. La retribución será la siguiente (modulo de 7 horas) :
NIVEL IMPORTE
B 5.444 pesetas
C 5.003 pesetas
D 4.534 pesetas
E 4.534 pesetas
DECRETO FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 9 de febrero de 1998).
Regulación de determinadas prestaciones ortoprotésicas.
La Comunidad Foral de Navarra ha regulado mediante Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero, la prestación ortoprotésica de Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, relativa a prótesis externas, sillas de ruedas, órtesis y prótesis especiales.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Navarra del 23 de febrero de 1998).
Traslado en el Servicio de Salud.
La Dirección de Administración y Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud han aprobado las listas de admitidos y excluidos a la convocatoria para provisión mediante traslado las siguientes plazas : 116 plazas de A.T.S -D.U.E, 5 plazas de técnico especialista en laboratorio, 56 vacantes de médico de primaria, 20 vacantes de celador, 4 vacantes de fisioterapéuta, 1 de administrativo, 70 vacantes de auxiliar de enfermería, 46 vacantes de auxiliar administrativo, 4 vacantes de asistente social, 7 vacantes de pediatra en primaria, 2 vacantes de facultativo especialista en radiodiagnóstico, 1 puesto de trabajo de médico adjunto de urgencias.
ORDEN. (Boletín Oficial de Navarra del 23 de febrero de 1998).
Ayudas para formación en Ciencias de la Salud.
La Consejería de Salud, ha aprobado la convocatoria para la concesión de ayudas para formación en Ciencias de la Salud durante el año 1998. Dichas ayudas comprenden tanto becas de formación como bolsas de viaje.
ORDEN FORAL. (Boletín Oficial de Navarra del 13 de marzo de 1998).
Convocatoria para auxiliares de enfermería.
La Dirección General de Función Pública, ha resuelto la convocatoria para provisión de 65 puestos de trabajo de Auxiliar de Enfermería, para el Servicio Navarro de Salud.
RESOLUCIÓN. (Boletín Oficial de Navarra del 13 de marzo de 1998).
Ceses.
Ignacio Pedrosa Rodero ha cesado en el cargo de Subdirector de Personal de la Dirección de Área de Álava. José Aspiazu Macho como gerente de la comarca Santurce-Portugalete, área de salud de Vizcaya; José Manuel Liendo Barquin, como gerente de la comarca Barakaldo-Sestao, área de salud de Vizcaya; Iñaki Arratibel Arrondo como gerente de la comarca de Güipuzcoa; María José Nieto Ferreras como administradora de la comarca Barakaldo-Sestao, área de salud de Vizcaya; Ana Gorostiaga Alonso como jefe de personal de la comarca Santurce-Portugalete, área de salud de Vizcaya.
RESOLUCIONES. (Boletín Oficial del País Vasco del 12 de febrero de 1998).
Ayudas para educación sanitaria
La Consejería de Sanidad ha convocado ayudas dirigidas a asociaciones y grupos de autoayuda sin ánimo de lucro en el campo de la salud, ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyas actividades se relacionen con la Educación Sanitaria y la colaboración con el dispositivo asistencial público.
ORDEN (Boletín Oficial del País Vasco del 11 de marzo de 1998).
Supresión de servicios especiales y de urgencias.
La Consejería de Sanidad ha suprimido determinados servicios especiales y ordinarios de urgencias.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 13 de febrero de 1998).
Catálogo de material ortoprotésico.
La Consejería de Sanidad ha modificado el Catálogo General de Especialidades de Material Ortoprotésico en ámbito de la Comunidad Valenciana, relativo a productos incluidos en el artículo 108 de la Ley General de la Seguridad Social.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 23 de febrero de 1998).
Becas para investigación en salud pública.
La Consejería de Sanidad ha convocado becas para proyectos de investigación en el área de salud pública durante 1998..
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 26 de febrero de 1998).
Continuidad de las jefaturas de servicio.
Se ha convocado el procedimiento de evaluación de continuidad de las jefaturas de servicio dependientes de la Consejería.
ORDEN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 27 de febrero de 1998).
Determinación de índices para aplicación del complemento específico.
Se han determinado los índices de medicina general, pediatría y dispersión geográfica de los equipos de atención primaria con el fin de aplicar el complemento específico correspondiente.
RESOLUCIÓN. (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana del 9 de marzo de 1998).
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